Como un retroceso consideran grupos de derechos humanos a la propuesta del Gobierno de eliminar a las personas privadas de la libertad (PPL) de la categoría de grupos prioritarios, pero para el Ejecutivo es una necesidad de justicia e igualdad en la distribución de recursos y atenciones estatales.
Para ello, el presidente de la República, Daniel Noboa, presentó una reforma parcial a la Constitución, lo que implica cambios a los artículos 35 y 51, que establecen que los grupos prioritarios, en los que se incluye a los presos, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado, y estipulan también los derechos de los privados de libertad.
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Billy Navarrete, director del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), refirió que ha sido un anuncio sorpresivo, preocupante y una regresión en derechos humanos.
Agregó que como parte de un decreto ejecutivo, la “poca política pública” para el tema carcelario ha sido lo que llamó a la militarización de las cárceles.
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Navarrete señaló que no existe evidencia del control real de los centros de privación de libertad que sostiene el Gobierno.
Tampoco, agregó, hay una categorización de los presos por el delito sobre el que se los acusa o tienen sentencia. Dentro de los pabellones, aseguró, continúa el control de organizaciones criminales y que ponen en riesgo a funcionarios públicos que brindan atención en las cárceles.
En la Constitución, sostuvo, ya se establece que los PPL son uno de los grupos de atención prioritaria considerando la condición en la cual se encuentran, es decir, no pueden valerse por sí mismos en relación a la alimentación, a la salud.
Se ha registrado, expresó Navarrete, restricción de alimentos y de acceso a la salud. Manifestó que hay casos de personas con enfermedades como tuberculosis. Añadió que son individuos en custodia estatal y sometidos bajo control gubernamental.
“No cabría reducir el presupuesto para más de 35.000 personas privadas de la libertad sino procurar que esta situación de los grupos de atención prioritaria realmente tenga una prioridad en la política pública”, opinó Navarrete.
Agregó que hay fondos internacionales de cooperación para los PPL. Uno de ellos fue el Programa de Respuesta de Emergencia de la Unión Europea para Fortalecer el Sistema Penitenciario de Ecuador.
El objetivo fue fortalecer la gestión del sistema penitenciario enmarcado en estándares internacionales de derechos humanos, rehabilitación e inserción social. El presupuesto fue de 2,5 millones de euros.
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Desde el lado estatal se exponen las razones para pretender sacar a los PPL de la categoría de grupos prioritarios.
Según el Ejecutivo, son varias las instituciones públicas involucradas en precautelar los derechos a las personas privadas de libertad, adicional al organismo técnico de rehabilitación social, es decir, el Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI), como son los entes rectores de educación, salud, trabajo, inclusión económica y social, cultura, entre otros.
Según datos del Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos, esas otras entidades para la implementación de la Política Pública de Rehabilitación Social 2022-2025 requerirían de un presupuesto de más de $ 27′400.000 anuales.
Desde el 2019, indicó el Gobierno, el SNAI refleja un incremento en el presupuesto asignado, siendo su mayor asignación en el año 2024, hasta el mes de noviembre, de $ 185’645.447.
La razón fundamental para la incorporación a grupos de atención prioritaria, constitucionalmente protegidos como tales, es porque se hace necesaria una discriminación positiva que garantice la igualdad material con el resto de ciudadanos.
Esto, teniendo como fundamento que la distinción que se pretende igualar es ajena a la voluntad, como en el caso de personas que padecen enfermedades catastróficas, personas con discapacidad, las víctimas de violencia doméstica y sexual y demás, ha argumentado el Gobierno.
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“En el caso de las personas privadas de libertad, la restricción a sus derechos es legítima, legal y no arbitraria, y ello es consecuencia de actuaciones cometidas por estos”, ha justificado el régimen.
En el caso de las personas privadas de libertad, la restricción a sus derechos es legítima, legal y no arbitraria, ya que es producto del poder punitivo del Estado frente al cometimiento de una conducta ilícita.
Y eso, según el Gobierno, es consecuencia no de actos de la naturaleza o del transcurso del tiempo vital, sino del ejercicio inadecuado de su libertad; son, por ende, al estar sujetos a la potestad estatal punitiva, objeto de atención, sin que se justifique de forma alguna el que se priorice la satisfacción a sus necesidades, con respecto a la atención de las necesidades de los ciudadanos sobre los cuales no ha recaído el ejercicio del poder punitivo del Estado.
La propuesta, desde la postura del régimen, no restringe derechos ni garantías de las personas privadas de libertad, ya que lo único que se propone es retirar la categoría de grupo prioritario.
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Pero para Jean Paul Pinto, analista en temas de seguridad, es una criminalización de la política pública, pues sí se quitan derechos a una población que es vulnerable debido a que requieren de acciones de reinserción y rehabilitación.
El especialista consideró que es una consecuencia más de una política de militarización “de mano dura”, que no mejorará la condición de los PPL sino que los pondrá en mayor vulnerabilidad dado que muchos de ellos son de pocos recursos económicos, con escasos niveles educativos y provenientes de zonas más pobres.
Pinto lo vinculó a una problemática de tipo social.
Stalin Sacoto, abogado, se preguntó por qué se les dio el trato de grupo vulnerable y de atención prioritaria si no dejan de ser ciudadanos y una población eminentemente activa. “No por el hecho de tener conflictos con la ley, no genera una incapacidad o discapacidad productiva”, indicó.
Sacoto mencionó que existen tratados internacionales y, sobre todo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ya ha emitido resoluciones para adoptar medidas de protección dentro de los centros de privación de la libertad, como son la vida, la salud, la educación, visitas familiares, la integridad personal, los beneficios penitenciarios por conducta interna y procesos de rehabilitación y readaptación.
A su criterio, existe normativa suficiente y consideró que las cárceles son focos de corrupción.
Antonio Gagliardo, exfiscal provincial de Guayas, considera que una reforma como la que plantea el Gobierno debe ser muy bien analizada. Para él, los PPL pertenecen a grupos prioritarios porque están en desventaja frente al poder del Estado y a los abusos que pudieran cometerse en su contra.
“Más que todo si son presos sin sentencia, quizás pueden ser los presos sentenciados, que igual tienen sus derechos. O sea, una persona por ser sentenciada no puede perder derechos, pero es mi opinión: aquellos presos sin sentencia ejecutoriada deben ser un grupo de atención prioritaria, son vulnerables. Solamente las personas que tienen familiares o han estado presas injustamente saben el infierno que es una cárcel y lo duro que es estar detenido por algo que no se ha cometido”, expresó el jurista. (I)