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Prohibición de la minería metálica en fuentes hídricas de Cuenca aún no se aplica a más de año y medio de consulta popular

En febrero del 2021, el 80,04 % de los cuencanos votó Sí en el plebiscito, pero esto no era suficiente, pues había que tomar otras acciones legales.

CUENCA. El río es una de las principales fuentes hídricas del cantón. Foto de Archivo

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CUENCA

Un año y nueve meses después de la consulta popular que prohibió la minería metálica en páramos y fuentes de agua los resultados aún no se pueden aplicar. Aunque el Concejo Cantonal ya aprobó el Plan de Ordenamiento Territorial (PDOT) y el Plan de Uso y Gestión del Suelo (PUGS), como un instrumento legal para afianzar la voluntad popular, esto aún no está publicado en el Registro Oficial.

El 7 de febrero de 2021 el 80,04 % de los cuencanos respondió que sí estaba de acuerdo en prohibir las actividades mineras en las zonas de recarga hídrica de los ríos Tomebamba, Tarqui, Yanuncay, Machángara y Norcay. Pero legalmente esto no era suficiente porque había que añadir dos acciones más: por un lado, que el Ministerio del Ambiente y Agua (MAAE) establezca una delimitación clara de las zonas de recarga hídrica; y por otro, que el Concejo emita una ordenanza que reglamente el uso y control del suelo en las zonas de recarga hídrica contempladas en la consulta.

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Del primer aspecto, el gerente general de la Empresa Municipal de Agua Potable (Etapa), Rubén Benítez, explicó que el ministerio amplió la zona de protección hídrica en algo más de 6.000 hectáreas en relación con el resultado original y que para mayor seguridad se blindó a través de un decreto ejecutivo, por lo que esto, en papeles, el resultado de la consulta popular “ya es una realidad”. Pero, además, esta resolución también fue incluida en el PDOT.

Del segundo, el concejal e integrante de la Comisión de Ambiente, Iván Abril, explicó que la ordenanza fue sustituida por incorporaciones realizadas en los anexos de los mapas del PDOT y PUGS, en donde se hace referencia a estas delimitaciones y sus prohibiciones. Justificó que la demora en la publicación en el Registro Oficial se debe a una depuración de los cerca de 5.000 anexos incluidos originalmente.

“El rol del Estado, con el ministerio, de coger la propuesta de la ciudad y de Etapa se cumplió con este decreto rjecutivo, también está recogido en el PDOT como un área de conservación como restricciones para el uso del suelo”, aseveró.

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El agua sigue en riesgo; la consulta minera de Cuenca no basta

Pero eso no es todo, pues la comisión debe incorporar una nueva Área de Conservación y Uso Sustentable (ACUS) que corresponde al área de Yanuncay – Zhucay como un elemento adicional a los incluidos en la consulta aplicada del año pasado. Esta área ayudará a la conservación del agua en las parroquias rurales de Cuenca como Tarqui, Victoria del Portete, Chaucha o Baños a través de diferentes acciones regulatorias.

Y si bien en lo legal todo está salvado, Benítez recordó que en esas zonas rurales de influencia a las fuentes de agua coexisten varios actores sociales que usan el agua como un uso potable, de riego y hasta generación hidroeléctrica con quienes han conformado comités de manejo de las cuencas a través de mecanismos como compra de terrenos para la conservación, educación, entre otras.

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En contraposición, el presidente del Colegio provincial de Ingenieros Geólogos, Holger Parra, insistió en que la consulta fue “mentirosa” porque ningún ciudadano tuvo claro la ubicación y límites de las cuencas hídricas y con el paso del tiempo derivó, desde su punto de vista, en el incremento de la minería ilegal.

Aun así, se mantiene optimista de que sí habrá como desarrollar minería legal en los afluentes, porque las decisiones son a futuro y no hay un efecto retroactivo, “y por consiguiente estas actividades que ya fueron entregadas continúan. Lo que no se permitirá son nuevas concesiones”.

En respuesta a esta posición, Abril reconoció que la no retroactividad es un riesgo al que deben estar atentos. (I)

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