Desde el 2025, Mercedes Caicedo, jueza de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) y actual integrante de la terna enviada al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) para designar al nuevo presidente del Consejo de la Judicatura (CJ), busca mediante acción de plena jurisdicción o subjetiva que el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial declare la nulidad de una resolución con la que se la sancionó por demoras en una audiencia en el caso Helicópteros Dhruv.
Caicedo interpuso su acción a finales de julio de 2025 contra el entonces presidente del CJ, hoy cesado y destituido por la Asamblea, Mario Godoy; las hoy exvocales del organismo Solanda Goyes y Yolanda Yupangui Carrillo; y el en esas fechas director general de la Judicatura, Jorge Maruri. El caso actualmente está en manos de un juez del Tribunal Contencioso Administrativo de Pichincha.
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Todos los accionados habrían intervenido en el expediente disciplinario con el que el CJ decidió declarar a la jueza Caicedo como supuesta responsable de haber incurrido en una infracción disciplinaria leve, tipificada y sancionada en el artículo 107, numeral 5, del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ). Por haber incurrido en un retardo injustificado leve en la prestación del servicio al que estaba obligado el servidor judicial, a Caicedo se le impuso una sanción económica del 10 % de su remuneración.
“En mi condición de jueza nacional de la Sala Penal, (...) de la CNJ —sí, esa sala con nombre de campo minado donde uno debe juzgar mientras esquiva tanto al crimen como a los intereses del poder—, comparezco ante esta judicatura constitucional no por capricho ni por vanidad, sino porque el CJ ha decidido convertirme en blanco de su puntería institucional más burda, utilizando como munición un expediente disciplinario y la resolución de fecha 21 de marzo del 2025 dentro de ese mismo expediente que no solo huele a revancha, sino a descomposición legal”, señaló la accionante en su escrito inicial.
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La jueza Caicedo explica que la resolución que la sanciona, firmada por “una mayoría que prefirió la obediencia al criterio”, la acusa de incurrir en una infracción disciplinaria que equivale al 10 % de su remuneración. Para ella, la infracción de la que se la acusa es “no organizar con la velocidad del rayo” una audiencia dentro de la causa penal relacionada con la compra de helicópteros Dhruv, que trataba el delito de peculado y que estaba en fase de apelación.
“Audiencia que, para escándalo de los cronómetros institucionales, fue convocada el 3 de octubre de 2023 y realizada el 10 de octubre siguiente, es decir, 82 días después del ingreso del recurso. Para el Consejo, eso equivale a un acto de herejía judicial que debe pagarse con castigo público, aunque yo estuviera de vacaciones autorizadas y en asuntos oficiales”, señaló la jueza penal accionante.
Mercedes Caicedo pide la nulidad de la resolución del 21 de marzo de 2025 dentro del expediente disciplinario contra ella dictado por el pleno del CJ por incurrir en las causales determinadas en los numerales 1 y 3 del Código Orgánico Administrativo. Como consecuencia, solicita que se archive dicho expediente administrativo sancionador confirmando su estado de inocencia y, además, que se ordene el pago de los haberes dejados de percibir en el porcentaje equivalente a la sanción impuesta desde el momento en que se ejecutó el acto administrativo.
El sumario contra Caicedo, según la integración del CJ de ese entonces, nace de sus actuaciones como jueza que era parte del tribunal de apelación del caso Helicópteros Dhruv. En el expediente se habla de que la jueza no habría actuado de manera diligente al convocar audiencia el 10 de octubre de 2023, dentro de la causa referida mediante providencia de 3 de octubre de 2023, sin tomar en cuenta que la Fiscalía presentó recurso de apelación al auto de sobreseimiento del 19 de junio de 2023, dictado por Luis Rivera, juez de la Corte Nacional.
Ese recurso habría ingresado en la Sala de Sorteos el 14 de julio de 2023, por lo que se asegura desde el CJ que habrían transcurrido 82 días de presentado el recurso, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 655 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y presuntamente incurriendo en las infracciones disciplinarias tipificadas en los numerales 5 y 17 del artículo 107 del COFJ.
Como jueza ponente, Caicedo integró el tribunal de apelación en el caso Helicópteros Dhruv, el cual prescribió. El 10 de octubre de 2023 se convocó a la audiencia para conocer el recurso de apelación presentado por la Fiscalía y Procuraduría, pero con un fallo de mayoría de los también jueces Marco Rodríguez y Byron Guillén se ratificó lo resuelto en primera instancia por el juez Rivera, es decir, el sobreseimiento que favoreció a 18 personas dentro de una investigación por presunto peculado en la adquisición de siete helicópteros Dhruv en 2008.
Rodríguez y Guillén creían que instalar la diligencia era “inoficioso”, pues el Código Orgánico Integral Penal regula el tiempo del trámite de los pedidos de apelación dando un plazo de 60 días; de lo contrario, queda confirmado por ministerio de la ley; mientras que Caicedo pensaba que debía instalarse la audiencia y resolver el recurso.
En respuesta a la acción planteada por la jueza Mercedes Caicedo, desde el CJ, con una nueva integración y sin Godoy en la presidencia, se indica que las pretensiones realizadas por la parte actora son improcedentes. Respecto a la veracidad de los hechos alegados en la demanda, la representación legal de la Judicatura manifiesta que estos no están debidamente relatados, pues la parte actora ha omitido narrar varios hechos.
“... Es imprescindible que en un Estado constitucional de derechos y justicia se vele por la efectiva vigencia del principio de legalidad y seguridad jurídica, motivo por el cual solicito se rechace la demanda propuesta en contra del CJ, por ser atentatoria a nuestro ordenamiento jurídico, así como se condene al pago de costas procesales y honorarios profesionales de la defensa”, anotó el CJ en su escrito de respuesta a la demanda realizada.
La resolución a esta acción está pendiente, así como también está pendiente que el Consejo de Participación concluya el proceso de selección y designación de quien reemplazará al destituido presidente Mario Godoy y a su vocal suplente, Alexandra Villacís, quien hace poco ganó una acción que ordenó al Ministerio del Trabajo retirar la inhabilidad que mantiene para ocupar la vocalía en la Judicatura.
Además de Caicedo, quien es la cabeza de la terna, la lista enviada para estas designaciones desde la CNJ al Consejo de Participación Ciudadana se completa con los nombres de Ramón Antonio Echaiz Lavayen y Paquita Chiluiza Jácome.
Actualmente, el pleno del Consejo de la Judicatura está presidido de forma temporal por Damián Larco y se completa con los vocales Magaly Ruiz, Fabián Fabara y Alfredo Cuadros. (I)