En el contexto de las denuncias de un fraude electoral en las elecciones nacionales del 7 de febrero, que señala el candidato presidencial por Pachakutik (PK) Yaku Pérez, este se habría reunido con el juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) Ángel Torres, la noche del 3 de marzo.

Esto se denunció en el portal digital de La Posta, que muestra información de que Pérez y Torres habrían mantenido una reunión en un edificio ubicado en el norte de Quito.

Según las fotografías divulgadas, Torres se moviliza en un vehículo del TCE y Pérez, en un patrullero de la Policía Nacional.

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Este Diario solicitó una confirmación de este suceso al magistrado electoral Torres, pero se informó que en las próximas horas se emitirá un pronunciamiento al respecto.

En tanto, el equipo de prensa del candidato Pérez no ha confirmado si habrá una declaración de prensa sobre este hecho.

Esta supuesta reunión se da en el marco de un recurso subjetivo contencioso electoral que está en el TCE, presentado por Pérez y PK, pero que aún no es admitido a trámite por el juez electoral Fernando Muñoz, quien resultó sorteado para tramitar la causa.

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Pérez y PK piden al TCE que deje sin efecto la resolución del 26 de enero del Consejo Nacional Electoral (CNE) con la que se dispuso el recuento de 31 actas de escrutinio, de 27.700 que presentaron para la revisión por posibles inconsistencias y falta de firmas de los miembros de las juntas receptoras del voto.

Juez electoral pide a Pachakutik especificar las pruebas y lo que pretenden probar con el recurso presentado en contra de una resolución del CNE

La aspiración de Pérez es que con una sentencia del Tribunal se disponga abrir las urnas que contienen las más de 20.000 actas en las que él asegura hay inconsistencias, para demostrar que hubo un fraude electoral en su perjuicio.

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La causa se sorteó y radicó en el despacho del juez Fernando Muñoz, y antes de empezar el trámite dio dos días a los accionantes para que aclaren su recurso en aspectos como que expresen clara y precisamente los fundamentos de su pretensión tomando en cuenta la naturaleza del recurso que presentan; que señalen con claridad la norma del Código de la Democracia en que se enmarca su recurso subjetivo contencioso electoral, determinando el número del artículo y la causal en que amparan su solicitud.

También que especifiquen los medios de prueba que ofrecen para acreditar los hechos y qué es lo que se pretende probar con cada uno, tomando en cuenta la naturaleza del recurso que interponen. Y respecto de la formalidad, que aclaren el lugar de las notificaciones de los accionados y el nombre y firma de sus abogados patrocinadores.

Hoy culmina el plazo para que vuelvan a presentar el recurso, de lo contrario será archivado. (I)