Entre noviembre de 2023 y marzo de este 2026, la Corte Constitucional (CC) conoció 41 tratados internacionales que suscribió Ecuador con otros países u organismos internacionales.

La mayoría de estos instrumentos fueron negociados y firmados en diferentes gobiernos, pero retomados y ratificados por el presidente Daniel Noboa. Otros sí fueron negociados y suscritos en el actual régimen.

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Los instrumentos internacionales son de diferentes materias: económicos, comerciales, policiales, de lucha contra la delincuencia, de operaciones marítimas, servicios aéreos, migratorios, entre otras.

Doce qde estos 41 tratados se suscribieron en el actual gobierno. La Corte dictaminó que ocho no requerían aprobación de la Asamblea Nacional para ser ratificados por el Ejecutivo; mientras que en cuatro, la CC determinó que si debían pasar por el Legislativo.

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De esta docena de instrumentos diez ya están en vigor:

  1. Acuerdo Estratégico de Cooperación Económica entre la República de Ecuador y la República de Corea
  2. Convenio sobre Seguridad Social entre la República del Ecuador y Canadá.
  3. Acuerdo entre la República del Ecuador y la Unión Europea sobre la cooperación entre la agencia de la Unión Europea para la cooperación policial (Europol) y las autoridades de Ecuador competentes en materia de lucha contra la delincuencia grave y el terrorismo.
  4. Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de República del Ecuador y el Gobierno del Reino de Arabia Saudí.
  5. Acuerdo entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de Emiratos Árabes Unidos sobre Servicios Aéreos entre y más allá de sus respectivos territorios.
  6. Acuerdo entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno del Reino de Marruecos sobre la supresión de visado para los titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio.
  7. Enmienda al Acuerdo entre los Gobiernos de la República del Ecuador y la Confederación Suiza relativo a la Asistencia inmediata del Cuerpo Suizo de Ayuda Humanitaria en caso de Catástrofes.
  8. Convenio entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para eliminar la doble imposición con respecto a los impuestos sobre la renta y las ganancias de capital y para prevenir la evasión y elusión fiscal.
  9. Acuerdo sobre Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Oriental de Uruguay.
  10. Acuerdo entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República de Turquía sobre Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Aduaneros.

En tanto que, dos aún deben pasar por el Legislativo:

  1. Acuerdo entre el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos y el Gobierno de la República del Ecuador para la promoción y protección recíproca de las inversiones.
  2. Acuerdo entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno de la República del Ecuador para el intercambio de información en materia tributaria.
El presidente Daniel Noboa tuvo reuniones con autoridades y empresarios de Emiratos Árabes Unidos en diciembre pasado, de esa visita oficial surgió el Tratado de Inversiones con ese país. Cortesía / EL UNIVERSO Foto: Cortesía

De esos 41 tratados que ingresaron a la CC desde noviembre de 2023, 26 que se negociaron y se firmaron en gobiernos anteriores fueron ratificados por el presidente Noboa, quien reactivó la gestión y pidió al organismo que determine su trámite.

Otros dos fueron denunciados, o sea que se les dio de baja, y otro más espera un pronunciamiento del Legislativo para su posterior ratificación.

Es decir que, de los 41 tratados, ya rigen 36.

Acuerdos suscritos en otros gobiernos pero ratificados por el presidente Daniel Noboa que ya están en vigencia, tras ser revisados por la Corte Constitucional:

  1. Tratado sobre el Comercio de Armas. (Fue adoptado en abril de 2013 por la Asamblea general de la ONU y ratificado el 23 de enero de 2026).
  2. Protocolo sobre los privilegios e inmunidades de la autoridad internacional de los fondos marinos. (Adoptado en marzo de 1998 por la Asamblea de la Autoridad Internacional de Fondos Marinos reconocida por la ONU y ratificado por el Ejecutivo el 23 de mayo de 2025).
  3. Convenio sobre Ciberdelincuencia. (Ecuador se adhirió en marzo de 2022 por invitación del Comité de Ministros del Consejo de Europa y fue ratificado el 12 de julio de 2024).
  4. Acuerdo Sobre Subvenciones a la Pesca de la OMC. (Adoptado en la Conferencia Ministerial de la OMC en junio de 2022 y fue ratificado el 16 de agosto de 2024).
  5. Acuerdo entre el Gobierno de la República Italiana y el Gobierno de la República del Ecuador en materia de cooperación policial. (Suscrito el 21 de julio de 2016 y ratificado el 18 de diciembre de 2025).
  6. Convención relativa a la Organización Internacional de Ayudas a la Navegación Marítima. (Adoptada en Conferencia Diplomática en Kuala Lumpur en febrero de 202 y ratificado por el Ejecutivo el 26 de octubre de 2025).
  7. Protocolo relativo a la enmienda al artículo 56 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional y Protocolo relativo a una enmienda al artículo 50 a) del Convenio sobre Aviación Civil Internacional. (Modificación aprobada en la Asamblea de la Organización de Aviación Internacional en julio de 1971 y ratificado el 18 de diciembre de 2025).
  8. Enmiendas al Convenio Internacional del Azúcar de 1992. (Ecuador se adhirió en diciembre de 1993 y se ratificó por el Ejecutivo el 29 de octubre de 2025).
  9. Acuerdo entre la República del Ecuador y la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja para determinar la condición jurídica de la Federación Internacional en la República del Ecuador. (Suscrito en enero de 2023 y ratificado el 24 de julio de 2025).
  10. Acuerdo en el Marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas situadas fuera de la Jurisdicción Nacional. (Suscrito en septiembre de 2023 y ratificado por el Ejecutivo el 25 de octubre de 2025).
  11. Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Marítimo de Mercancías de 1978. (Firmado por Ecuador en marzo de 1978 y ratificado por el Ejecutivo el 7 de julio de 2025).
  12. Acuerdo de transporte aéreo entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República de Chile. (Suscrito en enero de 2022 y ratificado el 19 de febrero de 2025).
  13. Acuerdo de Sede entre el Gobierno de la República del Ecuador y la Corte Permanente de Arbitraje (CPA). (Suscrito en octubre de 2022 y ratificado por el Ejecutivo el 8 de enero de 2025).
  14. Convenio sobre el registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre. (Aprobado en la Asamblea General de la ONU en noviembre de 1974 y ratificado por el Ejecutivo el 13 de de febrero de 2025).
  15. Tratado entre la República del Ecuador y la República Popular China sobre Extradición. (Suscrito en diciembre de 2016 y ratificado por el Ejecutivo el 13 de de noviembre de 2024).
  16. Convenio Internacional para la Represión de los Actos de Terrorismo Nuclear. (Suscrito por la ONU en 2005 y ratificado el 23 de octubre de 2024).
  17. Acuerdo entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República de Turkiye para la Prevención y Lucha contra el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales. (Suscrito en abril de 2022 y ratificado por el Ejecutivo el 01 de octubre de 2024).
  18. Tratado Constitutivo de la Comunidad de Policías de América. (Suscrito en noviembre de 2023 y ratificado por el Ejecutivo el 13 de septiembre de 2024).
  19. Acuerdo sobre servicios aéreos entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Dominicana. (Suscrito en marzo de 2022 y ratificado por el Ejecutivo el 11 de julio de 2024).
  20. Convención Mundial sobre el Reconocimiento de las Cualificaciones relativas a la Educación Superior. (Aprobada en la Conferencia General de la ONU para la Educación en noviembre de 2019 y ratificado por el Ejecutivo el 31 de mayo de 2024).
  21. Protocolo Adicional al Acuerdo Marco entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Francesa relativo al establecimiento y a las actividades de la Agencia Francesa de Desarrollo. (Suscrito en diciembre de 2014 y ratificado por el Ejecutivo el 12 de junio de 2024).
  22. Acuerdo de asistencia jurídica mutua en materia penal entre la República del Ecuador y la República de Corea. (Suscrito en octubre de 2023 y ratificado el 10 de mayo de 2024).
  23. Acuerdo entre la República del Ecuador y Hungría sobre un Programa de Trabajo por Vacaciones. (Suscrito en julio de 2023 y ratificado por el Ejecutivo el 30 de abril de 2024).
  24. Acuerdo entre el Reino de los Países Bajos y la República del Ecuador sobre Asistencia Administrativa Mutua en materia Aduanera. (Suscrito en octubre de 2023 y ratificado el 13 de septiembre de 2024).
  25. Acuerdo entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de los Estados Unidos de América relativo al Estatuto de las Fuerzas. (Suscrito en octubre de 2023 y ratificado por el Ejecutivo el 15 de febrero de 2024).
  26. Acuerdo entre la República de Ecuador y los Estados Unidos de América Relativo a Operaciones Contra Actividades Marítimas Transnacionales Ilícitas.(Suscrito en septiembre de 2023 y ratificado el 15 de febrero de 2024).

Tratados denunciados por el presidente Noboa, firmados en periodos anteriores:

  1. Estatuto Migratorio entre la República del Ecuador y la República Bolivariana de Venezuela. (Suscrito en julio de 2010, tiene dictamen de constitucionalidad pero fue denunciado por el Ejecutivo, el 12 de septiembre de 2025).
  2. Convención Internacional para la Unificación de Ciertas Reglas en materia de Conocimientos y el Protocolo para la Modificación de la Convención Internacional para la Unificación de Ciertas Reglas en materia de Conocimiento. (Firmada su adhesión en febrero de 1975 y denunciado por el Ejecutivo el 17 de marzo de 2026).

A la vez, existe un acuerdo que se suscribió en el Gobierno del expresidente Guillermo Lasso, en marzo de 2023, que espera un pronunciamiento de la Asamblea Nacional: el Acuerdo de Asociación Comercial entre la República de Ecuador y la República de Costa Rica.

Internacionalistas opinan

Esteban Santos, abogado internacionalista y docente universitario, sostiene que Ecuador hace bien abriéndose al mundo porque es un país pequeño en vías de desarrollo con muchos problemas internos.

Puntualiza que los acuerdos no son de izquierdas ni de derechas, sino tratados que se deben saber negociar, sobre todo, aclara, si son económicos.

“Siempre he abogado por tener un acuerdo con los norteamericanos porque creo que es el principal socio comercial”, puntualiza.

En cuanto al rol de la Corte, Santos señala que este órgano no puede ser político y repasa que, actualmente parece estar funcionando como un contrapeso al Gobierno de turno, lo cual, añade, “a ningún poder le gusta que le digan que no”.

“Una cosa es pedir que no se demoren en despachar los temas urgentes, y otra muy diferente es que la Corte termine siendo el juez político de un país inestable”, dice.

Por su parte, Santiago Carranco, docente universitario y experto en relaciones internacionales, explica que se debe diferenciar entre los acuerdos intergubernamentales, que no requieren aprobación legislativa y los tratados entre Estados.

Sostiene que muchos de estos acuerdos intergubernamentales se firman para procesos expeditos en cuestiones de intercambio de información. “Estos acuerdos tienen su función cuando son específicos. Si nos vamos a los tratados de libre comercio, claramente hemos visto cómo hemos sumado muchísimo en la balanza comercial con Europa e inclusive con China; por lo tanto, estos acuerdos siempre van a ser muy beneficiosos”, considera.

Sobre los acuerdos de Estado, el internacionalista precisa que dentro de estos están, por ejemplo, los Tratados de Libre Comercio (TLC), como el que se firmó con la Unión Europea, con China o Corea del Sur.

“Estos sí merecen una aprobación del Legislativo porque son acuerdos a largo plazo, los cuales no son un compromiso de Gobierno sino de Estado. Los compromisos gubernamentales pueden retirarse unilateralmente cuando quieran por lo que no requieren aprobación legislativa”, comenta.

Sobre el rol de la CC en su revisión de estos tratados, Carranco precisa que más allá de agilizar el trámite, su trabajo es hacer una interpretación directa de la Constitución y de la voluntad de los ecuatorianos frente a cualquier controversia que se firme de manera internacional.

“Cuando son acuerdos intergubernamentales que no comprometen el futuro del país sino que son para operaciones rápidas, se lo puede hacer directamente vía una firma del presidente y no tiene que pasar por la Asamblea. Pero cuando son cuestiones que comprometen al Estado a largo plazo, obviamente tiene que pasar por el Parlamento, no porque es Ecuador, sino porque así es como literalmente funciona una democracia”, subraya. (I)