El proyecto de Ley de Integridad Pública que se está debatiendo, a esta hora, en el peno de la Asamblea Nacional faculta al Consejo de la Judicatura (CJ) a declarar en emergencia a la Función Judicial.
El informe para segundo debate, de la iniciativa enviada con urgencia en materia económica, plantea una reforma al artículo 269 del Código Orgánico de la Función Judicial, e incluye la posibilidad de declaratoria de emergencia en la justicia.
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Esta figura abre la puerta a cuatro posibilidades:
- Establecer un régimen especial y expedito de ingreso a la carrera judicial, donde no se generará estabilidad a los servidores judiciales
- Reasignar y requerir recursos presupuestarios para atender la emergencia
- Realizar evaluaciones anticipadas a jueces y fiscales
- Realizar las contrataciones por emergencia que se requieran
La norma precisa que la resolución de declaratoria de emergencia deberá estar motivada, y determinar un plazo de duración. El que podrá ser prorrogado por decisión del pleno de la Judicatura.
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La declaratoria de emergencia en la Función Judicial se adoptará con la mayoría simple del pleno del Consejo de la Judicatura, previo análisis del titular de esta institución, con base en informes técnicos que establezcan la necesidad de usar esta figura.
En las consideraciones de la Ley de Integridad Pública se sustenta que es necesario adecuar un procedimiento excepcional de declaratoria de emergencia en la Función Judicial, que habilite medidas urgentes para garantizar la continuidad y calidad del servicio de justicia.
De hecho, en el debate en el salón plenario, la oficialista Valentina Centeno (ADN), presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico, que tramitó la norma, enfatizó que esta propuesta es algo novedoso para el país.
Lo hizo tras criticar la falta de transparencia y la corrupción en el sistema de justicia.
El asambleísta socialcristiano Alfredo Serrano (PSC) también se refirió a esta iniciativa y consideró que debe haber una temporalidad, de tres o cinco meses. “Guarden las formas”, dijo el legislador al oficialismo.
A la vez, cuestionó sobre la implicación de establecer un régimen especial y expedito de ingreso a la carrera judicial, que plantea la ley
“¿Qué significa régimen especial y expedito?, ¿no va a ver concurso para ser juez?“, interrogó Alfredo Serrano. (I)