Al no verificar causas de nulidad que afecten lo actuado dentro de la instrucción fiscal del caso Las Torres, el juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Felipe Córdova declaró la validez procesal e instaló la segunda fase de la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio por el delito de delincuencia organizada contra trece personas procesadas.

La reinstalación de la audiencia para dar a conocer la resolución oral a la que llegó Córdova se dio casi una hora después de las 14:30 de este miércoles 8 de diciembre que se convocó en segundo llamado. Esta reinstalación estuvo definida inicialmente para las 11:00 de este miércoles, pero por disposición del propio juez quedó para la tarde.

Una hora y veinte minutos le tomó al juez leer su análisis para declarar la validez procesal de todo lo actuado hasta el momento en el proceso. Para Córdova, ninguna de las alegaciones respecto a procedimiento, prejudicialidad, procedibilidad y competencia tenían un fundamento contundente.

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La diligencia en este caso se instaló la mañana del martes último y arrancó con la presentación de vicios que a decir de los abogados de los trece procesados, generaban la nulidad de todo lo actuado por la fiscal general, Diana Salazar. La audiencia se suspendió la tarde del mismo lunes, luego de casi ocho horas de intervenciones, e inmediatamente el juez ingresó a deliberar todo lo expuesto por las defensas de los acusados, la Fiscalía y los representantes de las acusaciones particulares: la Procuraduría General del Estado y Petroecuador.

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Entre los vicios que se plantearon estuvieron la falta de notificación con el inicio de la instrucción fiscal, el no haberse llevado la audiencia de formulación de cargos dentro de los plazos y términos establecidos, que se detuvo a procesados ilegalmente, que se ejecutaron allanamientos violando sus derechos, no se han definido en audiencia los delitos fines, que el juez debió inhibirse luego del acto urgente para que se dé su sorteo, que no se les notificó del inicio de la investigación e incluso que el juez Córdova no es competente para dirigir esta audiencia, entre otros.

Para abogados como Marcelo Ron, defensa del excontralor Pablo Celi, lo lógico y jurídico es que en este caso se declare la nulidad, debido a que existen muchas razones para hacerlo. Ese hecho no sucedió.

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Declarada la validez procesal, el juez Córdova dio paso a la segunda parte de la diligencia y dispuso que la fiscal general inicie con la individualización de la acusación que mantiene contra los procesados.

Según Salazar, todos los procesados valiéndose de sus relaciones de amistad, confianza y parentesco habrían planificado obtener beneficios económicos como finalidad de su organización, a través de varios colaboradores entre funcionarios públicos y privados, coordinando, gestionando y planificando la comisión de delitos con penas mayores a cinco años.

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En esta casa, la Fiscalía ha mantenido que en la Contraloría, Petroecuador y la Secretaría de la Presidencia de la República operó un grupo estructurado que cobraba sobornos a empresas contratistas a cambio de liberar pagos o desvanecer glosas. La red de alto nivel dentro del delito investigado habría operado entre 2017 y 2020.

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Por ejemplo, a decir de Salazar, el 20 % de una factura que adeudaba Petroecuador a la empresa Nolimit C. A., por $ 20,3 millones, era el beneficio que pretendía obtener la “organización delictiva” en la que habrían ejercido el liderazgo el exgerente de Petroecuador Pablo Flores, el excontralor Celi y el fallecido exsecretario José Agusto Briones, sobre quien se encuentra extinguida la acción penal.

La Fiscalía ve como colaboradores de la estructura a la exfuncionaria de Petroecuador Natalia Cárdenas, al exgerente de Refinación de Petroecuador Mauricio Orellana, a Martha Barrezueta, Adolfo Agusto Briones (hermano del exsecretario de Presidencia), Esteban Celi (hermano del excontralor general), Roy Calero, Pedro Saona, Álvaro de Guzmán, Silvia López, Ángelo Rodríguez y Andrés Luque.

Una vez presente la acusación contra cada uno de los procesados la Fiscalía, Salazar deberá anunciar la prueba pericial, testimonial y documental que usará en el caso de que se emita un llamado a juicio contra los procesados. De la misma forma deberán intervenir en la audiencia la Procuraduría y Petroecuador y luego cada una de las defensas de los acusados.

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Al momento Diana Salazar arrancó su exposición dando a conocer los datos personales de cada uno de los trece procesados y la calidad de la participación en el delito investigado. Se prevé que la Fiscalía solicitará que todos sean llamados a juicio.

La fiscal general anunció al juez Córdova que mantiene 289 elementos de convicción contra los trece procesados a quienes acusa en calidad de autores directos del delito de delincuencia organizada. Algunos de esos elementos son comunes a todos, mientras que hay algunos que son específicos.

Los elementos que mantiene la Fiscalía para sustentar el dictamen acusatorio serán presentados en dos partes: los comunes a todos los procesados y luego vendrán los elementos de convicción particulares. Adolfo Agusto Briones será el primero de los procesados al que se referirá la fiscal Salazar y la lista se cerrará con Esteban Celi, hermano del excontralor procesado.

Salazar en su intervención dijo que para estos hechos irregulares investigados han confluido un sinnúmero de movimiento y diligencias constantes de varios colaboradores que respondían a la planificación de quienes “ejercían el mando”, los cuales, “desde sus cargos jerárquicos, sin necesidad de concertar directamente, cubiertos de un manto de discrecionalidad, por la jerarquía que ejercían cada uno en sus cargos públicos, se mantenían al tanto de las operaciones realizadas por sus emisarios para la comisión de delitos a fin de obtener beneficios económicos”.

Poco después de las 20:00 de este miércoles y luego de que la fiscal Diana Salazar enumeró, en caso tres horas, seis elementos de convicción, de los más de 280 que mantiene, la audiencia se suspendió para las 10:30 de este jueves.

Marcelo Ron asegura que lo que está haciendo la fiscal general es leer la transcripción de chats con conversaciones que relacionan a terceras personas y no a los procesados en esta causa. “Son solamente referenciales los chats que ha leído hasta el momento la fiscal. No existen elementos contundentes”. (I)