El juez de Santo Domingo de los Tsáchilas Emerson Curipallo, transformado en juez constitucional, el 18 de noviembre pasado notificaba su resolución acogiendo la petición de medida cautelar autónoma solicitada por el abogado del exvicepresidente Jorge Glas, quien en ese entonces se encontraba interno en la Cárcel 4, en Quito. La resolución le permitía dejar la prisión, pese a que le faltaba aún tiempo por cumplir de dos sentencias por actos de corrupción, pero se aclaraba en el fallo que la “libertad provisional” definida estará vigente hasta que un juez disponga lo contrario.
Esa situación la tiene clara el líder del correísmo, más aún cuando tiene pendiente un pedido de formulación de cargos por el delito de peculado, por hechos irregulares relacionados con una obra contratada luego del terremoto de 2016, y una investigación previa abierta contra él por el delito de intimidación que denunció Soledad Padilla, quien fue la asistente del ex segundo mandatario por más de 16 años.
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Justamente dentro de unos audios filtrados hace pocas semanas con conversaciones entre Glas y Padilla se escucha al ex compañero presidencial de Rafael Correa reconocer su complicada situación judicial, pese a que está fuera de la cárcel, desde el 28 de noviembre de 2022, cumpliendo bajo una “libertad provisional” los poco más de dos años que le quedan de la pena única de ocho que se le definió en enero pasado.
En uno de esos audios se escucha decir a Glas: “Sol, le explico por si no le ha dicho su abogado. Yo tengo medidas suspensivas. En el momento que tengo otra denuncia penal, y peor de esta naturaleza, se revocan las medidas suspensivas, porque nunca me han dado la prelibertad. Sigo siendo rehén. (...) Hace dos semanas tuve que hacer la maleta, ya me iban a meter a la cárcel, Sol. Porque Dios es grande se suspendió; solo se suspendió la sesión (audiencia). Solo se suspendió. ¿Hasta cuándo? Hasta las elecciones, para saber si ganamos o no...”.
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En los últimos cinco meses se ha intentado por dos ocasiones instalar en la Corte Nacional de Justicia (CNJ) la audiencia de formulación de cargos por el delito de peculado contra Glas, como expresidente del Comité para la Reconstrucción y Reactivación Productiva y del Empleo; Carlos Bernal, exsecretario del Comité para la Reconstrucción de Manabí, y Pablo Ortiz, exgerente de la empresa estatal Ecuador Estratégico.
El 29 de noviembre próximo, a las 08:30, es la última fecha definida por el juez nacional Luis Rivera para que se instale la diligencia en la que la fiscal general, Diana Salazar, dé a conocer los elementos de convicción que tiene contra Glas, Bernal y Ortiz, y así relacionarlos con presuntas irregularidades en la adjudicación del contrato para la construcción del proyecto vial Manta-Colisa, de 22 kilómetros, por más de $ 68 millones, obra a la que se destinaron fondos provenientes de la Ley de Solidaridad emitida luego del terremoto de 2016, que afectó principalmente a las provincias de Manabí y Esmeraldas.
La fiscal Salazar, el 1 de junio pasado, hizo el pedido a la Corte Nacional para que se fije una fecha para formular cargos, pues, según ella, el proyecto vial Manta-Colisa, pese a que no cumplía con los ejes propuestos por la Ley de Solidaridad —emergencia, reconstrucción y reactivación— fue adjudicado el 30 de marzo de 2017 y establecido como prioritario, sin tomar en cuenta que existían más de 580 proyectos para reconstrucción de infraestructura pública, vivienda, salud y educación que requerían de atención inmediata después del terremoto.
De darse la diligencia, los acusados escucharán los elementos de convicción que tiene la Fiscalía y únicamente podrían debatirse las medidas cautelares que solicite Salazar, entre ellas una prisión preventiva que podría hacer cambiar la presentación periódica una vez por semana que actualmente cumple Glas ante autoridades judiciales del Guayas y la prohibición de salida del país.
Pese a que ya existe una fecha para la audiencia de formulación de cargos, Jorge Glas busca que esta no se dé hasta que la nueva Asamblea Nacional —la cual se posesionará el próximo 17 de noviembre— autorice o no su procesamiento penal. Para la defensa del líder correísta, el pedido es procedente porque en el tiempo en que ocurrieron los hechos Glas ocupaba el cargo de vicepresidente de la República del Gobierno de Rafael Correa.
El último diferimiento de la audiencia de formulación de cargos se dio el 6 de septiembre pasado. Un “choque anafiláctico y una dermatitis atópica” fue el cuadro clínico que el abogado de Jorge Glas dijo le impedía acudir a la audiencia. Para no vulnerar el derecho que todo procesado tiene a mantener un abogado de confianza como su defensa, el juez decidió diferir la diligencia.
En referencia a su régimen penitenciario, la jueza de Garantías Penitenciarias de Pichincha Soledad Manosalvas declaró “no ha lugar” por “improcedente” el pedido hecho por el exvicepresidente Jorge Glas para que se analice una solicitud de prelibertad a su favor. El planteamiento fue hecho el 1 de septiembre pasado y descartado cuatro días después.
“No ha lugar lo requerido por ser improcedente al estado procesal de la presente causa. Una vez que el centro carcelario consigne a este despacho la documentación correspondiente conforme a las disposiciones establecidas (...) se atenderá lo que en derecho corresponda, por cuanto el peticionario y su defensa técnica ajuste sus actuaciones procesales de conformidad a las disposiciones emitidas en la presente causa y la normativa legal vigente, a fin de velar por la seguridad jurídica y el debido proceso”, señala la providencia emitida por Manosalvas.
La prelibertad que busca Glas se basa en que ya cumplió más del 40 % de la pena impuesta. En este caso se toma en cuenta la pena única de ocho años que se definió entre los seis años de prisión por una asociación ilícita relacionada con el caso Odebrecht y ocho años de cárcel por un cohecho pasivo agravado atado al caso Sobornos 2012-2016.
El artículo 22 del Código de Ejecución de Penas señala que la fase de la prelibertad es la parte del tratamiento en la que el interno que ha cumplido los requisitos y normas del sistema progresivo desarrolla su actividad controlada fuera del CRS. El artículo 23 del mismo cuerpo legal afirma que la prelibertad puede ser revocada cuando hubiere motivo para ello.
Para acceder a la prelibertad, el sentenciado debe cumplir algunos requisitos, como hallarse en un centro de seguridad mínima o en las secciones equivalentes de los centros mixtos o especiales, haber cumplido cuando menos las dos quintas partes (40 %) de la pena impuesta (en sentencia firme y ejecutoriada) y haber obtenido informe favorable del departamento de diagnóstico y evaluación.
El panorama judicial se complicó aún más para Jorge Glas una vez que, el 11 de octubre pasado, quien hasta ese momento fue su asistente, Soledad Padilla, presentó una denuncia en su contra en la Fiscalía por el delito de intimidación. La excolaboradora aseguró en una carta pública que el “punto de quiebre en su relación de amistad y colaboración” con Glas se dio en septiembre pasado, luego de que él conociera de su relación con Ferdinan Álvarez, asambleísta electo por el movimiento de la Revolución Ciudadana (RC) y que días después se separó de esa tienda política.
Padilla, quien aclara que los audios difundidos fueron obtenidos de forma ilegal, refirió que, desde que existió el “punto de quiebre” en la relación con el ex segundo mandatario, ella dice que ha sido hostigada, amedrentada y amenazada. Indicó que el contexto ocurrido le ha permitido evidenciar que durante todos estos años ha sido “víctima de violencia psicológica y acoso sexual por parte de Jorge Glas”.
“No lo había podido identificar hasta ahora, pues tenía normalizados los malos tratos, las amenazas, las alusiones inapropiadas a mi vida personal, mi apariencia física y mis relaciones de pareja. Además, he podido también identificar las acciones de control y sometimiento que Jorge Glas ejercía hacia mí y la constante amenaza de dejarme sin empleo”, insistió quien fue funcionaria, entre el 2019 y el 2023, de la Prefectura de Pichincha.
Quién es Soledad Padilla, la exasesora de Jorge Glas que aparece en escena por cruce de denuncias
Por esta denuncia se abrió una investigación previa en la que Padilla entregó su celular para que sean periciados audios y chats relacionados con el caso. Glas, el 25 de octubre último, rindió versión dentro de esta fase preprocesal. Calificó la denuncia de “cantinflesca” y que no existe prueba alguna de lo que se habla. El correísta más bien cree que sí hay elementos suficientes para investigar la denuncia por extorsión que presentó el 18 de octubre pasado contra Padilla y otros que supuestamente le exigieron $ 350.000 a cambio de no publicar los audios que finalmente se filtraron.
“La cantinflesca denuncia expone temas sentimentales, personales, de chismes que nada tienen que ver conmigo, con algún tipo penal que pueda ser procesado”, anotó a su salida de la versión libre y voluntaria que Glas rindió en el edificio sede de la Fiscalía General del Estado, en Quito.
De encontrarse elementos suficientes de la existencia de un delito en este caso, la Fiscalía podría solicitar una fecha para formular cargos contra Jorge Glas e iniciar su procesamiento penal. Nuevamente vuelve el escenario de la solicitud de medidas cautelares desde la parte acusadora, entres la que se encuentra la orden de prisión preventiva. En el caso de que esta sea la medida que crea necesaria la Fiscalía, queda en manos del juez determinar si existen los requisitos indispensables para que esta medida sea impuesta o si es procedente otra de la lista: presentación periódica, uso de grillete electrónico, arresto domiciliario, prohibición de salida del país...
Sea en el caso por peculado o en el de intimidación, si llega a definirse una prisión preventiva, eso haría que la “libertad provisional” que mantiene Glas cambie y se le determine nuevamente el ingreso a algún Centro de Privación de la Libertad. (I)