El gobierno de Daniel Noboa anuló el proceso público para la concesión de frecuencias de radio y televisión por una “vulneración a la seguridad jurídica”.
El pasado 12 de junio de 2025, el director de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel), Jorge Hoyos Zavala, echó abajo una resolución difundida el 31 de diciembre del año anterior, en la que se aprobaron las bases para la adjudicación de frecuencias del espectro radioeléctrico por proceso público competitivo para la operación de medios de comunicación privados y comunitarios de señal abierta en frecuencia modulada (FM) de baja potencia.
En medio de las elecciones nacionales de 2025, en las que el presidente Daniel Noboa Azín se candidatizó a la elección para el mismo cargo, el 14 de octubre de 2024 dispuso por decreto ejecutivo una reforma al reglamento a la Ley de Comunicación, en la que dio 60 días de plazo para que la Arcotel convoque a este proceso público competitivo.
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Se había anunciado que el 19 de diciembre se convocaría al proceso. Finalmente, no avanzó por una “vulneración a la seguridad jurídica”.
Por su parte, en la página web de la Agencia aparece un mensaje en el que se ofrecen nuevos plazos y condiciones, con el objeto de “resguardar la integridad” del proceso.
De acuerdo con la resolución, hubo ciertas anomalías en su desarrollo. Una de ellas fue que dentro de las bases para convocar al concurso no se incluyó a 591 frecuencias para que puedan postular para medios de comunicación, entre estos, comunitarios.
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Se halló que se ofertaron 202 frecuencias de 793 que estaban disponibles, y entre ellas 591 no fueron consideradas, detalla el documento oficial.
“(Ello) evidenció una desproporcionalidad que carece de justificación técnica o legal considerando que el proceso competitivo no se sujetó a los principios de igualdad de condiciones y objetividad”.
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A esto se sumó que hubo inconvenientes para que la banda que tiene los canales 5 y 6 de televisión abierta sea utilizada en el servicio de frecuencia modulada.
En esencia, el director de la Arcotel resolvió declarar la nulidad de la resolución del 31 de diciembre de 2024, en la que se publicaron las bases para el concurso público, y dejó sin efecto los actos administrativos alrededor de esa decisión.
Además, dispuso que se proceda con la revisión integral de la norma para determinar el destino de explotación para el segmento de banda 76-88 megahercios (MHz), que corresponde a los canales 5 y 6.
Para ello, se ordenó empezar con la notificación a las estaciones de televisión de señal abierta que “operan como repetidoras” en los canales 5 y 6 para que “cesen su operación en un plazo máximo de diez días”.
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Aunque se irá notificando de manera progresiva —cita la resolución— dentro de un plazo de dos meses para evitar afectaciones a las repetidoras. (I)