Entre 111 y 115 testigos y peritos usarán la Fiscalía, la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH) y la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP Petroecuador, como ente acusador la primera y acusación particular las dos siguientes, para el juzgamiento en el caso Triple A de 22 personas, entre naturales y jurídicas, acusadas del delito de almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de petróleo en alta escala.
El 21 de junio pasado, en la parte final del dictamen acusatorio dentro de Triple A fundamentado por el en ese momento fiscal de la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, Leonardo Alarcón, hoy fiscal general encargado, él delimitó que el delito que se investigaba se habría cometido bajo la condición de alta escala.
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Incluso en un comunicado la Fiscalía dijo: “Con base en las pericias anunciadas en la audiencia preparatoria de juicio, se determinó que el delito investigado se habría cometido en alta escala, al existir un perjuicio económico aproximado de $ 61′502.658,39, correspondiente a 22′777.191,80 galones de combustibles, diésel y gasolina”. Cuatro días de audiencia le tomó a la Fiscalía presentar más de 250 elementos de convicción que fundamentan su acusación contra las 16 personas naturales y seis empresas procesadas.
Este sábado 7 de marzo, desde las 08:30, se ha convocado a los sujetos procesales de Triple A para instalar la etapa de juzgamiento contra seis empresas y diez personas naturales llamadas a juicio como autoras, entre las que están el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, y otras seis personas que fueron acusadas en calidad de coautores de la comercialización ilegal de hidrocarburos.
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La investigación de Triple A
La investigación de Triple A se inició en julio de 2024, a partir de una denuncia presentada por la coordinadora zonal del Guayas de la ARCH, con la que se puso en conocimiento la existencia de discrepancias entre el combustible despachado por Petroecuador y el volumen comercializado por las empresas investigadas. En esas fechas la Fiscalía realizó de forma simultánea un primer grupo de siete allanamientos en localidades de Guayaquil y Milagro, en la provincia del Guayas.
El 16 de diciembre de 2024 se dio inicio a una instrucción fiscal de 90 días contra Fernando V., José C., Lady C., Jessenia V. y Carolina T. y las empresas Fuelcorp S. A., Copedesa S. A., Corpalubri S. A., Ternape Petroleum S. A. e Indudiésel S. A.
Ya casi al final de los tres meses dispuestos para la etapa de instrucción fiscal y luego de obtener información de la supuesta participación de otras personas en hechos investigados en Triple A, el 21 de febrero de 2025 el fiscal de la causa pidió inicialmente que se vincule a Aquiles Alvarez y nueve personas más, pero luego se anexó a otra persona natural y otra persona jurídica. En total once personas y una empresa por vincular.
El pedido de vinculación fue hecho el mismo día que la Fiscalía realizó de forma simultánea varios allanamientos en estaciones de combustible de El Pangui (Zamora Chinchipe), Cariamanga (Loja), y en Machala, Santa Rosa y Pasaje (El Oro).
La lista de quienes llegan a juicio
Finalmente a juicio llegan en Triple A el alcalde Aquiles Alvarez, Fernando V. H., Ricardo C. A., Carolina T. C., Jessenia V. O., Lady C. T., Raúl Z. O., Juan A. S., Fausto V. S., Édgar F. T., Édgar C. A., Carlos A. T., Gloria S. S., Rosa O. G., María C. E., Olga O. L. y las empresas Fuelcorp S. A., Copedesa S. A., Corpalubri S. A., Ternape Petroleum S. A., Indudiésel S. A. y Harsajudi S. A.
En el caso Triple A la Fiscalía asegura que existe una relación de las seis empresas investigadas con distribuidoras de combustible, entre las que se comercializaron, aparentemente de forma irregular, grandes cantidades de combustible, sobre todo de diésel.
A decir de la Fiscalía, varias estaciones que adquirieron el combustible se encuentran en zonas fronterizas mineras, por lo que se presume que el diésel subsidiado habría sido desviado a otros segmentos para los cuales no está destinado ese beneficio, lo que habría provocado un perjuicio al Estado ecuatoriano. Las empresas comercializadoras de combustibles bajo la lupa de la Fiscalía se habrían ubicado en los sectores automotor, industrial y naviero.
“La información obtenida reveló que la capacidad de almacenamiento de las estaciones de servicio no corresponde con el volumen adquirido a las empresas comercializadoras, es decir, no existiría el espacio físico necesario para almacenar la totalidad de combustible comprado. Asimismo, se habrían hecho transacciones no autorizadas ya que las distribuidoras del segmento automotor no podían adquirir combustibles destinados al segmento industrial o naviero, como ocurrió en varios casos. Esta irregularidad sería responsabilidad directa de los representantes legales de las compañías”, refirió la Fiscalía.
La respuesta a las acusaciones
En varios momentos, Ramiro García, abogado de Aquiles Alvarez, ha calificado de débil a la acusación realizada por la Fiscalía. Ha afirmado que se ha hecho una acusación sin hacer referencia a una sola evidencia específica del expediente, que desde Fiscalía se ha presentado una “narrativa general, acompañada de diapositivas y elementos visuales sin valor probatorio, más cercanas, dijo, a un recurso educativo que a una imputación penal”.
“Este caso es tan tirados los cabellos que se está tratando de responsabilizar al señor Aquiles Alvarez, en su calidad de entonces representante legal de la comercializadora, por el combustible que, eventualmente, alguna de las 24 estaciones de servicio que eran clientes de esa comercializadora habría realizado a consumidor final. Específicamente, una estación de servicio en Morona Santiago, en El Pangui, de la cual el señor Aquiles Alvarez no es ni propietario ni administrador ni nada”, sostuvo Ramiro García.
Según providencias constantes al expediente, la defensa de Aquiles Alvarez anunció que en la audiencia de juzgamiento del caso Triple A presentará seis testigos.
Sobre el delito a alta escala analizado
El delito investigado en Triple A está tipificado en el artículo 264 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y el haberse cometido bajo la calificación de alta escala influye en la pena que se prevé para esa figura penal.
La comercialización ilegal de hidrocarburos definida en este artículo señala que la persona que sin la debida autorización almacene, transporte, envase, comercialice o distribuya productos hidrocarburíferos o sus derivados, incluido el gas licuado de petróleo y biocombustibles, o estando autorizada lo desvíe a un segmento distinto, en las cantidades señaladas en las escalas previstas en la normativa expedida por la autoridad competente, será sancionada con pena privativa de la libertad de acuerdo al nivel en que sea ubicado.
La norma define que la mínima escala será sancionada con penas de cárcel de dos a seis meses; la mediana escala, con condenas de privación de la libertad de seis meses a un año; la alta escala, de la que se trataría el caso Triple A, con penas de prisión que van de uno a tres años; y finalmente la gran escala, la cual prevé condenas de cárcel de tres a cinco años.
Hasta el momento los jueces anticorrupción Jorge Suidberto Sánchez Pico (ponente), Clara Elizabeth Soria Carpio y Víctor Dario Barahona Cunalata son quienes integrarán el Tribunal de Juzgamiento en el caso Triple A.
La designación se dio miércoles 5 de marzo, a menos de dos días de que se instale en Quito una audiencia en la que se resolverá la apelación a las medidas cautelares que mantienen Alvarez y otros dos procesados y se instalará la etapa de juicio contra las 22 personas acusadas de ser parte de una distribución y comercialización irregular de combustibles que habría generado un perjuicio al Estado.
Antes de instalar la audiencia en Triple A, los jueces Sánchez y Barahona deberán decidir sobre varios pedidos e incidentes, entre ellos dos recusaciones contra la jueza Soria o pedidos de que se declare nulo el proceso con el que se conformó el Tribunal de Juicio, que se han presentado especialmente desde las defensas de los procesados. Desde enero pasado se dispuso que la diligencia se dará entre el 7 y el 21 de marzo en una sala del Complejo Judicial Norte, en Quito. (I)