Más de 13,9 millones de ecuatorianos están convocados a votar el domingo 16 de noviembre de 2025 en la consulta popular y referéndum promovidos por el presidente Daniel Noboa, con el objetivo de reformar parcialmente la Constitución y analizar la posibilidad de convocar a una asamblea constituyente.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) recordó que el voto será obligatorio para los ciudadanos entre 18 y 65 años, mientras que será facultativo para adolescentes de 16 y 17 años, personas mayores de 65 años y ciudadanos con discapacidad.

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En cuanto a la organización del proceso, el CNE informó que la designación de vocales de juntas provinciales se realiza desde el 3 de octubre, y la selección de los miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV) comenzó el 7 de octubre. Las notificaciones a los seleccionados se efectuarán entre el 9 de octubre y el 1 de noviembre, y la capacitación se extenderá hasta el día de los comicios, el 16 de noviembre.

La campaña electoral se llevará a cabo entre el 1 y el 13 de noviembre, seguida de tres días de silencio electoral, del 14 al 16 de noviembre. Además, el organismo electoral anunció una prueba técnica para el 30 de octubre y un simulacro nacional para el 9 de noviembre, como parte de los preparativos del proceso.

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Las preguntas del referéndum y la consulta popular

Los votantes se pronunciarán sobre cuatro preguntas, tres de referéndum y una de consulta popular, sobre los siguientes temas:

  1. Eliminación de la prohibición de establecer bases militares extranjeras o de ceder instalaciones militares nacionales a fuerzas armadas de otros países.
  2. Supresión de la obligación estatal de asignar fondos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas.
  3. Reducción del número de asambleístas, estableciendo diez nacionales, uno por cada provincia y uno adicional por cada 400.000 habitantes, según el último censo.
  4. Convocatoria a una asamblea constituyente, cuyos representantes serían elegidos por voto popular para redactar una nueva Constitución, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada en referéndum. (I)