Luego de cinco días de audiencia de juzgamiento en los que se trabajó más de 44 horas, la tarde de este domingo, 22 de junio, la jueza ponente del Tribunal de Juicio del caso Reconstrucción de Manabí, Mercedes Caicedo, suspendió la diligencia para ingresar a deliberar respecto a todo lo escuchado junto con sus compañeros de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Marco Rodríguez y Javier de la Cadena.
La magistrada explicó que, debido al volumen de información entregada por los testigos y peritos y la incluida en la prueba documental, además de la existencia de cifras nombradas en las exposiciones, el tribunal se mantendrá instalado y será el próximo 30 de junio, a las 09:00, que dará a conocer a los sujetos procesales la decisión que adopte. Con la disposición, la sala de juzgamiento notificó ya del día en que se entregará la decisión oral de la causa.
Publicidad
En el último día de audiencia se escuchó el testimonio sin juramento de Jorge Glas, uno de los procesados en calidad de autor del delito de peculado, y la exposición de la prueba que presentó la defensa del segundo acusado, Carlos Bernal, exsecretario técnico del Comité de la Reconstrucción. Además, se evacuaron los alegatos de cierre que presentó el fiscal general encargado, Wilson Toainga; los abogados de la Procuraduría General del Estado y el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), instancias que actúan en esta causa como acusadoras particulares; y las defensas de Glas, de Andrés Villegas y de Bernal, Roberto Calderón.
Toainga, como parte de su alegato de cierre, pidió al Tribunal de Juicio que condena a Glas en calidad de expresidente del Comité para la Reconstrucción y Reactivación Productiva y del Empleo, y a Bernal, como exsecretario técnico del Comité de la Reconstrucción, con la pena máxima para el delito de peculado, es decir, trece años de cárcel.
Publicidad
Además de la declaratoria de culpabilidad y la pena máxima de cárcel solicitadas, el fiscal general pidió que a los dos procesados se les imponga el pago de 70 salarios básicos unificados, esto es, $ 32.900; y, con relación a la reparación integral, la Fiscalía solicitó que en sentencia se condene a Glas y Bernal al pago de $ 225′325.910,92, los cuales tendrán que ser entregados a favor de la Procuraduría General del Estado.
Sobre la reparación inmaterial, a la víctima se le pidió que disponga la publicación y difusión de la sentencia que declara la culpabilidad de los procesados en las páginas web de la Vicepresidencia de la República y de los Gobiernos autónomos descentralizados de las provincias de Manabí y Esmeraldas. También la publicación y difusión de la parte resolutiva de la sentencia que declara la culpabilidad en un medio de comunicación masiva, sea escrito, radial o televisivo, de difusión nacional durante tres días consecutivos, y las disculpas públicas de los sentenciados ante el juez de ejecución en la fecha y hora que se señale para el efecto.
“Es preciso que la administración de justicia genere un precedente para que en el futuro ningún otro servidor público, abusando de dineros públicos y aprovechándose de una emergencia nacional, construya más elefantes blancos destinados a beneficiar a unos pocos e ignorando las verdaderas necesidades de quienes hasta hoy no encuentran una respuesta a toda la tragedia humana desde el 16 de abril de 2016”, concluyó la Fiscalía.
De su parte, las defensas de Glas y Bernal rechazaron las acusaciones asegurando que no hay una sola prueba que revele de forma contundente el peculado señalado o indique la intervención de los dos procesados en hechos ilícitos. Ambas defensas pidieron que se ratifique el estado de inocencia de los dos exfuncionarios públicos.
Por ejemplo, Andrés Villegas, abogado de Glas, dijo que corrupción es intentar mentirle al país como en esta audiencia ha visto que la Fiscalía y las instancias acusadoras han intentado hacerlo. Calificó de falaz la acusación de Fiscalía respecto a que fueron Glas y Bernal quienes a espaldas de los miembros del comité aprobaron las obras prioritarias, e indicó que la norma le permitía al comité realizar obras de reconstrucción y construcción para la reactivación económica de la zona.
Glas, en su momento, dijo que se lo está juzgando por diferencias de opinión en cuanto a lo que para la Fiscalía es prioritario y necesario y lo que el comité aprobó con base en un plan de reconstrucción. Dijo ser inocente del peculado del que se lo acusa, pues nunca manejó dineros, dispuso partidas o definió contratos. Se declaró un perseguido político al que se le quiere acabar su vida y darle trece años de cárcel por haber hecho su trabajo.
“Ocurrió en 2016 un terremoto y posterior a ello ocurrió un terremoto que destruyó la verdad de los hechos, y por eso es necesario reconstruir también la verdad”. Así arrancó Roberto Calderón los alegatos de cierre como defensa de Carlos Bernal. El abogado anotó que la priorización de obras correspondía a un cuerpo colegiado denominado Comité de la Reconstrucción, y solo quienes tenían voto podían contribuir a las decisiones. Bernal únicamente era el secretario y no tenía ni voz ni voto en el comité.
“Carlos Bernal no participó en la toma de decisiones del comité. Carlos Bernal, al no poder aprobar, tampoco podía oponerse a los proyectos; carecía de capacidad discrecional para decidir qué proyectos coordina con el Ministerio de Economía y Finanzas y cuáles no. Sus funciones no le competen revisar validez, idoneidad o legalidad de los proyectos aprobados. Esto significa falta de control o decisión sobre la priorización de proyectos. La Secretaría Técnica carecía de personería jurídica, no contaba con cuenta bancaria en la que exista dinero público para que el secretario lo maneje a su antojo, tampoco tenía clave de transferencia y no ordenaba la entrega de dineros a dirección financiera alguna”, describió Calderón. (I)