Una vez que el Ministerio de Trabajo registre la suspensión de los derechos de participación de Javier Pincay Salvatierra dejaría de ser alcalde de Portoviejo, tras la sentencia del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) que lo sancionó por no acudir al debate electoral del 15 de enero de 2023, cuando participó en las elecciones seccionales. Lo reemplazaría Mariela Coral, actual vicealcaldesa.

El TCE, el 5 de julio, emitió un recurso de aclaración por pedido de José Miguel Mendoza, excandidato a la Alcaldía de Portoviejo, donde afirmó que la sentencia emitida el 29 de junio en contra de Javier Pincay resolvió la suspensión de sus derechos políticos, por no haber participado en el debate electoral, pero aquello no implica que se haya dispuesto su destitución como alcalde de Portoviejo, cargo para el que fue elegido en las elecciones seccionales de febrero de 2023.

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TCE aclara que Javier Pincay fue suspendido de sus derechos políticos, no destituido del cargo de alcalde de Portoviejo

Sin embargo, esa aclaración no blinda la pérdida de la dignidad de alcalde afirmó el constitucionalista, André Benavidades, quien dijo que existe una incorrecta interpretación, porque si bien es cierto no se lo destituye, “pero en el momento de que están suspendidos sus derechos políticos, previstos en el artículo 61 de la Constitución, uno de esos derechos es el ejercer un cargo público”.

Lo que debería pasar, añadió el conocedor de derecho constitucional, es que la sentencia pase al Ministerio del Trabajo y se inscriba la inhabilidad, “en ese momento tendría que dejar el puesto, y debería asumir la vicealcaldesa”.

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Benavides señaló que la sentencia se ejecutoría de forma inmediata una vez que se notifique con el auto de aclaración y ampliación; por lo tanto, el accionante podrá pedir o el mismo juez hacer seguimiento de ejecución de sentencia, y si no se cumple con aquello puede incurrir en una falta de carácter penal que es el incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente, establecida en el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

La celebración del alcalde es agridulce, añadió el constitucionalista, porque en el momento que se ejecutoríe la sentencia pierde la calidad de autoridad principal del cantón manabita.

El exlegislador y criminólogo Ricardo Vanegas sostiene que la sentencia dictada por el TCE en contra de Javier Pincay, alcalde de Portoviejo, de suspenderle por dos años sus derechos políticos por haber adecuado su conducta en una infracción electoral contemplada en el artículo 279 del Código de la Democracia no lo destituye de sus actuales funciones, pero en el momento que se oficie al Ministerio de Trabajo se registrará la inhabilidad para continuar desempeñando cargo público, aunque sea de elección popular, como lo señala el artículo 61 numeral 7 de la Constitución de la República.

Con ese impedimento constitucional y legal a base de esta sentencia, Portoviejo tendría un nuevo alcalde y en ese caso asumiría Mariela Coral. Pero no sería de extrañar que el que perdió las elecciones e impuso la impugnación, José Miguel Mendoza Rodas, busque a través de una acción constitucional, que los efectos se retrotraigan y sea él quien asuma las funciones del alcalde, advirtió.

Sentencia

El pasado 29 de junio, el pleno del TCE aceptó el recurso de apelación interpuesto por José Miguel Mendoza Rodas, candidato a la dignidad de alcalde del cantón Portoviejo por el movimiento Gente Nueva, lista 97, y revocó la sentencia dictada el 19 de mayo de 2023 por haberse vulnerado el derecho al debido proceso.

La sentencia determina la suspensión de sus derechos de participación por el lapso de dos años, de acuerdo con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 279 del Código de la Democracia.

Además, se impuso una multa de $ 9.450 equivalentes a 21 salarios básicos unificados que deberán ser depositados en la cuenta infracciones Ley de Elecciones del BanEcuador, en el término de 30 días.

Según el documento, la sentencia será remitida al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio de Trabajo, a fin de que se registre la suspensión de los derechos de participación de Javier Pincay Salvatierra. (I)