Que la orden de prisión preventiva solicitada contra los 21 procesados en el caso Apagón por el fiscal general encargado, Carlos Alarcón, es desproporcionada, innecesaria y carente de justificación, que no existe peligro de fuga o peligro de incidir en el proceso penal y que la Fiscalía no tiene los elementos necesarios para demostrar que los sospechosos son los autores y cómplices del delito de peculado analizado fueron los argumentos que presentaron las defensas de los procesados para rechazar no solo la formulación de cargos, sino también la medida cautelar solicitada.
El conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Vinicio Rodríguez Mongón, la mañana de este miércoles 20 de mayo, instaló la tercera jornada de audiencia de formulación de cargos en lo que se conoce como el caso Apagón. La diligencia fue convocada formalmente el pasado viernes, 15 de mayo, en lo que fue el último día de la audiencia.
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Pese a ello, este miércoles, al existir un cruce de diligencias que debían darse en el octavo piso de la CNJ y con la intervención del fiscal Alarcón, primero tuvo que instalarse y suspenderse inmediatamente la audiencia de juzgamiento en el caso Sinohydro, para después poder reinstalar la diligencia en el caso Apagón. Alarcón pidió a la Sala de Juzgamiento del caso Sinohydro que suspenda los días 20 y 21 de mayo el juicio contra 21 acusados por el delito de cohecho, entre quienes está el expresidente Lenín Moreno.
La semana pasada, el fiscal Alarcón, una vez que dio a conocer la teoría del caso y realizó la presentación de elementos de convicción comunes e individuales contra los 21 sospechosos, pidió al magistrado nacional que les defina a todos la medida cautelar de prisión preventiva, pues existiría, entre otras cosas, alto riesgo de fuga y de que los procesados puedan incidir en el procesamiento penal.
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Para la Fiscalía, la prisión preventiva sería la única medida cautelar que permitiría que los investigados asistan al procesamiento penal, puedan cumplir una eventual pena y el pago de una reparación integral.
Los hechos investigados en el caso Apagón tienen que ver con que un grupo de funcionarios públicos relacionados con el sector eléctrico de Ecuador, aprovechándose del déficit energético que atravesaba el Ecuador, abusaron, se “apropiaron, distrajeron, dispusieron arbitrariamente, evadieron y omitieron procedimientos de contratación pública” en la fase precontractual, contractual y de ejecución, para favorecer a una contratista que no cumplía con las especificaciones técnicas ni con las obligaciones derivadas del objeto contractual.
Los hechos relevantes señalados por la Fiscalía tienen que ver con los contratos emergentes de El Salitral y Quevedo, para la generación térmica terrestre efectuados por el Estado ecuatoriano. La acusación fiscal refiere que el peculado existente estaría relacionado con la adquisición en 2024 de 50 generadores eléctricos a la empresa estadounidense Progen y en el que se habría generado un perjuicio para el Estado que ascendería a $ 104 millones.
El fiscal Carlos Alarcón formuló cargos por el delito de peculado contra 18 personas en calidad de autores, entre quienes están el exministro de Energía Antonio Goncalves; el exgerente subrogante de la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec) Fabián Calero; y el exgerente de la Unidad de Negocios TermoPichincha Byron Orozco; mientras que como coautores, otras tres personas, entre ellos los representantes de Progen Andrew Scott Williamson y Karla Saud Calero.
La primera defensa en ser escuchada en esta jornada fue la que representa al exministro Goncalves. El abogado del exfuncionario público cuestionó que el fiscal Alarcón en la formulación de cargos no hizo una exposición clara de los elementos de convicción, ya que no se singularizó en qué actos incurrió su defendido, en qué fecha y en qué lugar. Pidió que se declare la insuficiencia de la formulación de cargos y que se niegue el pedido de prisión preventiva hecho por la Fiscalía.
En cambio, Gonzalo Matovelle, abogado de Fabián Calero, exviceministro de Energía y Minas y exgerente subrogante de la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec), solicitó que se aclare cuál es el verbo rector que sostiene la acusación y el tiempo o periodo en el que se habría incurrido en peculado.
Esta defensa aseguró que Calero, por ejemplo, no seleccionó proveedor, no autorizó pagos ni intervino en fases contractuales; al contrario, dijo, fueron actos administrativos que no han sido derogados. “No son elementos claros que muestren que se incurrió en peculado. No sabemos de qué verbo rector nos estamos defendiendo”, dijo Matovelle.
Por su parte, el abogado defensor de los procesados Marvin Rubio, Julio Montesdeoca y Daniel Suárez explicó ante la sala que no existen elementos de convicción que individualicen los cargos sobre los que deben defenderse, porque una “actuación administrativa no es un elemento de convicción”.
Más allá de que los abogados de los procesados insisten en la inocencia de sus clientes, creen que si va a existir un proceso penal para definir responsabilidades, sus representados debían recibir medidas cautelares, como la presentación periódica hasta tres veces por semana o tal vez prohibición de salida del país. Algunos alegaron que por enfermedades a sus clientes no se les podía definir el uso del grillete electrónico.
También rechazaron el pedido de medidas reales hecho por el fiscal Alarcón, el cual busca que se congelen cuentas y bienes mientras se da el proceso mixto penal.
Edwin Romero, abogado de Celso Sánchez, integrante de la Comisión Técnica Verificadora que viajó a Estados Unidos para revisar los equipos que ofrecía la empresa Progen, no entiende cómo la Fiscalía solicita prisión preventiva para un funcionario público que ha entregado su versión, que ha facilitado equipos electrónicos, que ha abierto su celular en el que existirían audios con información relevante para el caso y, sobre todo, a una persona que es parte del Programa de Víctimas y Testigos porque ha recibido amenazas.
Para Romero, su cliente, el ingeniero Celso Sánchez, solo era parte baja de la estructura, era parte de la “tropa”, y no tuvo poder de decisión en la adjudicación del contrato cuestionado. Refirió que su defendido informó oportunamente sobre las irregularidades y se opuso al pago de generadores defectuosos, lo cual consta en cadena de custodia desde el año anterior. Por ello, el abogado critica que la Fiscalía pida prisión preventiva, aunque Sánchez fue el único que actuó con valentía y buena fe, cumpliendo su deber y sin dejarse influenciar.
“La Fiscalía dice abusaron, se apropiaron, distrajeron, dispusieron arbitrariamente y evadieron procedimientos. Señor juez, está incorporado en cadena de custodia, que (...) existe evidencia plena que posterior a un año, señor juez, posterior a la auditoría que hizo la Contraloría General del Estado en Guayaquil, se acerca un gerente a intimidar, a amenazar. Posterior a un año del pago, que le firme el informe que los generadores eran nuevos. Eso ha sido incorporado en cadena de custodia”, anotó Romero.
Además, el abogado de Sánchez informó que a raíz de un video relacionado al caso que se estaría difundiendo en redes, su cliente recibió solo el martes último, 19 de mayo, 32 llamadas con amenazas desde números desconocidos. “Lo amenazan porque piensan que él es la persona que está haciendo la difusión de esos videos. Eso no se tiene que hacer, señor juez. Se ha incrementado el riesgo latente de mi representado, sobre todo que se atente contra su vida. Si lo ingresamos a un centro de reclusión, ¿usted cree que va a salir vivo? Son más de $ 100 millones los que están en juego”, apuntó.
Pocos minutos después de las 13:00 y una vez que habían concluido sus exposiciones once de las 21 defensas, el conjuez Rodríguez dispuso un receso para el almuerzo. Indicó que desde las 14:10 se retomará la diligencia para culminar con los abogados que restan por presentar sus alegaciones en torno a las medidas cautelares de tipo personal y real pedidas por el fiscal Alarcón. (I)