La Corte Constitucional (CC) emitió un segundo dictamen de constitucionalidad a la propuesta del presidente Daniel Noboa para eliminar la facultad de designar autoridades que actualmente tiene el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y que esta potestad pase a la Asamblea Nacional.
A través de un dictamen emitido el 19 de marzo de este 2026, el organismo constitucional validó que la pregunta y los considerandos cumplen con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC), pero condicionó su dictamen a la corrección de un error de forma en la propuesta normativa.
En su propuesta, el Ejecutivo planteó la siguiente pregunta:
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¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el CPCCS e implementar procesos públicos que garanticen la participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el CPCCS enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo de la pregunta?
En este sentido, la Corte Constitucional determinó que en el anexo que contiene los textos normativos propuestos, el presidente de la República debe incluir el siguiente texto:
“Del artículo 207 de la Constitución” luego de: “Elimínese la frase ‘, y designará a las autoridades que le corresponda de acuerdo con la Constitución y la ley’”.
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El organismo aclaró que en caso de que el mandatario adecúe la propuesta a lo establecido en este dictamen, se prosiga conforme al procedimiento de referendo prescrito en la Constitución y demás normativa aplicable.
“Para el efecto, previo a la emisión del decreto ejecutivo de convocatoria a referendo, el presidente de la República remitirá el contenido final de la propuesta a la Corte Constitucional para una verificación de cumplimiento inmediata,” señala el documento.
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Esta iniciativa fue remitida por Daniel Noboa el pasado 9 de septiembre de 2025, junto a tres propuestas más.
De presentar esta corrección de forma y de contar con una nueva validación de la Corte Constitucional, el presidente Daniel Noboa tendrá que firmar un decreto convocando a referéndum y notificando al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que convoque a las urnas. (I)




