El Decreto Ejecutivo 707, firmado el 1 de abril pasado por el presidente de la República, Guillermo Lasso, que autoriza el porte de armas de uso civil para defensa personal a aquellas personas naturales que cumplan con los requisitos de conformidad con la Ley, empieza a recibir demandas de inconstitucionalidad. La mañana de este martes 25 de abril un grupo de ocho abogados presentaron ante la Corte Constitucional (CC) la acción respectiva.

Los juristas Stalin Raza, Sebastián Jerves, Estefanía Garzón, Daniel Guzmán, Miguel Ángel Angulo, Daniel Yela y Paúl Ocaña, actual presidente del Colegio de Abogados de Pichincha, por sus propios y personales derechos presentaron la demanda de inconstitucionalidad ante la CC, pues este es el órgano competente para conocer una demanda de este tipo que por forma o por fondo se interponga contra actos normativos de carácter general.

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El contenido del Decreto Ejecutivo número 707 fue dado a conocer la noche del sábado 1 de abril último, durante una cadena nacional dispuesta para hablar de las nuevas medidas de seguridad que se adoptarían para enfrentar la situación actual. Con el decreto firmado el presidente Lasso derogó el decreto 749 del 28 de abril de 2011, publicado en el Suplemento del Registro Oficial 442 del 6 de mayo de 2011, reformado con Decreto Ejecutivo 701 de 25 de junio del 2015, publicado en el Registro Oficial 537 del 6 de julio de 2015.

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En la disposición transitoria del Decreto 707 se señala expresamente que el Ministerio de Defensa en coordinación con la Secretaría Nacional de Seguridad Pública y del Estado, y el Ministerio del Interior actualizarán la normativa correspondiente y el Sistema Informático de Control de Armas en el plazo máximo de seis meses.

La impugnación va dirigida a los órganos emisores de la disposición jurídica establecida mediante decreto, entre quienes está la Presidencia de la República, a través de su titular Guillermo Lasso, y al Ministerio de Defensa, liderado por el ministro Luis Lara Jaramillo.

El constitucionalista Stalin Raza cree que las razones expuestas por el presidente Lasso para levantar la prohibición de otorgar permisos de porte de armas, esto es, el incremento exponencial de la violencia y la necesidad de que las personas civiles se autodefienden, son inconstitucionales porque atentan contra valores y principios fundamentales de la Constitución, y porque lo que específicamente se está haciendo es delegando, diluyendo la responsabilidad que tiene que ser del Estado, monopólicamente en el uso legítimo de la fuerza, hacia los ciudadanos para que se autodefiendan.

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“Esto es un poco, nosotros hemos perdido la batalla en contra de la violencia y la delincuencia, defiéndanse como pueda. Creemos que esto es lo que no puede pasar en un Estado Constitucional, en un estado de derecho y en un Estado cuya razón de ser es principalmente esa: proveer seguridad a la ciudadanía. Si hay uno de los fundamentos para que exista el Estado es quitarle a la gente la capacidad de hacer justicia por mano propia, de autodefenderse, asumirla el Estado y sea el Estado quien la administra”, explicó quien es uno de los firmantes de la demanda de inconstitucionalidad.

Otros juristas también han planteado demandas de inconstitucionalidad por la forma del Decreto Ejecutivo 707, así como también por los acuerdos ministeriales 194, 145 del Ministerio de Defensa relativos al porte de armas y uso de armas ancestrales. Para este miércoles 26 de abril integrantes del Partido Socialista Ecuatoriano (PSE) han anunciado que llegarán a la CC para presentar una acción pública de inconstitucionalidad al decreto que viabiliza el porte y la tenencia de armas. (I)