La Corte Constitucional (CC) declaró que el Decreto Ejecutivo 311, emitido por el presidente Daniel Noboa, con el que se renovó por 30 días el estado de excepción focalizado en nueve provincias y tres cantones por grave conmoción interna, es constitucional.

El 12 de marzo de 2026, el organismo emitió un dictamen tras el control de constitucionalidad que hizo al decreto firmado por el mandatario el pasado 28 de febrero.

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A través de este decreto, el presidente de la República renovó el estado de excepción en Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos; y en los cantones La Maná, de la provincia de Cotopaxi, y Las Naves y Echeandía, de la provincia de Bolívar.

La CC también declaró la constitucionalidad de las medidas excepcionales ordenadas que establecen la suspensión de los derechos a la inviolabilidad de correspondencia y domicilio (exclusivamente para la conducción de allanamientos sin orden judicial).

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Sin embargo, el organismo determinó que las medidas relativas a inspecciones y requisas son inconstitucionales ya que, en los términos en que están formuladas, están previstas en el régimen constitucional ordinario y pueden ser ejecutadas sin necesidad de acudir a un estado de excepción.

Por otro lado, la Corte Constitucional dispuso al presidente Daniel Noboa que, una vez concluido el periodo de vigencia del estado de excepción, remita el informe correspondiente de conformidad con el artículo 166 de la Constitución.

A la vez, la Corte recordó que el objetivo final del estado de excepción es garantizar el orden público, la paz social y la convivencia pacífica de los ciudadanos. Por ello, las actuaciones de la fuerza pública deben respetar el ordenamiento jurídico aplicable, incluyendo los derechos humanos de toda la población.

Entretanto, para este 15 de marzo está previsto que entre en vigencia el toque de queda en cuatro provincias, según lo anunció el presidente Daniel Noboa.

Esta medida se aplicará en Guayas, Los Ríos, Santo Domingo de los Tsáchilas y El Oro, desde las 23:00 hasta las 05:00, e implicará operativos coordinados entre la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, así como la articulación con el sistema judicial para el procesamiento de quienes incumplan la restricción. (I)