El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) Juan Patricio Maldonado dispuso al Consejo Nacional Electoral (CNE) y al Ministerio del Trabajo que levanten la suspensión de derechos de participación política que pesaban en contra de Augusto Verduga, exvocal del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y exintegrante de la denominada Liga Azul afín al correísmo.

El magistrado electoral adoptó la decisión el 15 de mayo de 2026 tras certificar que venció el plazo de la sanción impuesta contra Verduga.

A la vez, el magistrado también ordenó al Ministerio del Trabajo que rectifique la prohibición legal para ejercer un cargo público de la exconsejera del CPCCS Yadira Saltos y que informe el motivo por el cual Vielka Párraga, también exconsejera, aún registra impedimento para ejercer un cargo público en el sistema informático de esta cartera de Estado.

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Para todas estas acciones, el juez del TCE dio un término de tres días.

El 3 de septiembre de 2024, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) destituyó, multó con 70 salarios básicos unificados y suspendió los derechos políticos por cuatro años a los exconsejeros del correísmo Augusto Verduga, Eduardo Franco Loor, Yadira Saltos y Vielka Párraga, al ser señalados de haber recibido auspicio del movimiento de la Revolución Ciudadana (RC) para acceder al Consejo de Participación Ciudadana, lo que fue considerado una infracción electoral muy grave.

Sin embargo, el 17 de octubre de 2025, el juez Juan Patricio Maldonado redujo la suspensión de los derechos políticos para Verduga y Franco Loor.

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En el escrito del pasado 15 de mayo, el juez del Contencioso Electoral dispuso al CNE y al Ministerio del Trabajo que observen “que el levantamiento dispuesto se circunscribe exclusivamente a la sanción de suspensión de derechos de participación, sin que ello comprenda ni implique la eliminación o alteración a la sanción de ‘destitución’ del cargo de consejero o consejera del Consejo de Participación Ciudadana, la cual es principal, autónoma y definitiva impuesta por este Tribunal”. (I)

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