Adrián Alfonso Zamora será la segunda persona procesada penalmente por el delito de cohecho en la causa en la que el único investigado era el exministro de Energía, Xavier Vera Grunauer. La tarde de este lunes 29 de mayo, el juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Luis Rivera, accedió a la vinculación de Zamora solicitada por el fiscal general subrogante Wilson Toainga.

Lo dicho por el propio Zamora en una versión en 2022 no solo sirvió en la formulación de cargos contra Vera Grunauer, el 16 de mayo pasado, sino también fue uno de los más de 25 elementos referidos por la Fiscalía para asegurar que el abogado de 34 años está relacionado con la entrega y recepción de dineros indebidos a cambio de beneficios personales dentro de la administración pública. Tanto el exministro de Energía como Adrián Alfonso Zamora son señalados como autores directos del cohecho que se analiza.

Según la fiscal Salazar, el 12 de mayo de 2022, Adrián Alfonso Zamora ingresó a trabajar en la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, perteneciente al Ministerio de Energía y Minas, en el cargo de coordinador zonal de Imbabura, pero dicho puesto lo habría obtenido por la entrega de $ 150.000.

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En el relato de Fiscalía, al igual que en la formulación de cargos de inicios de mes que estuvo en manos de la fiscal general Diana Salazar, se explicó que el dinero fue requerido en un primer momento por Armando Robalino, alias El Chavo, y Alan Velásco, quien se habría presentado como asesor del entonces ministro Vera Grunauer. Después, supuestamente, en mayo de 2022, habría sido directamente el propio ministro de Energía quien solicitó la entrega de lo ofrecido en su vivienda ubicada en Samborondón, provincia del Guayas.

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Así se habría reafirmado el pago de los $ 150.000 a cambio del cargo de coordinador zonal de la Agencia de Regulación y Control e incluso, se resaltó, le habrían brindado a Alfonso Zamora la posibilidad de escoger entre la coordinación de Imbabura o Azuay y que la “dádiva” la podría pagar en partes.

“Como consecuencia de dichos planteamientos el dinero fue entregado por Zamora en efectivo y en distintos lugares como Guayaquil, Machala y Quito, en manos de asesores externos enviados por el exministro Xavier Vera. Una vez en el cargo, a Zamora se le pedía actuar conforme a las instrucciones de estos enviados del señor ministro en beneficio a sus intereses particulares y de su grupo. Posteriormente, el 9 de agosto de 2022 fue designado como coordinador zonal del Azuay, en donde permaneció hasta el 21 de septiembre del 2022, pues fue removido de su cargo, lo que provocó su reclamo que fue evidenciado y difundido en redes sociales con la publicación de varios audios”, recordó Toainga.

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Oficios de entidades públicas, memorandos de instancias anexas al Ministerio de Energía, versiones de personas que dicen haber escuchado que Zamora pagó por un puesto público e informes periciales de audio y video con el que desmaterializaron varias conversaciones telefónicas en las que se habla de entregas y exigencias de dinero fueron parte de los elementos de convicción presentados al juez por la Fiscalía.

Ni vía telemática, ni de forma personal en la sala estuvo Adrián Alfonso Zamora. El fiscal subrogante explicó que el ahora vinculado es parte del Programa de Víctimas y Testigos, que está a cargo de la Fiscalía, y que ante ello las medidas cautelares que solicita son la prohibición de salida del país y la presentación periódica cada 15 días ante la autoridad que el juez disponga.

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En lo referente a las medidas de carácter real, Toainga pidió se le defina al exfuncionario público del Gobierno de Guillermo Lasso la prohibición de enajenar bienes hasta por un monto de $ 160.000 en los cantones de las provincias del Guayas, Santa Elena, Pichincha, El Oro y Azuay. También que se ordene la retención de cuentas, inversiones y demás que el procesado tenga en el sistema financiero nacional hasta por un total de $ 160.000.

Finalmente, el juez decidió acoger en su totalidad las medidas cautelares de orden personal contra Zamora que la Fiscalía solicitó y se deberá presetar ante la secretaría de la sala Penal en Quito por pornetra vez el 31 de mayo próximo. En lo referente a las medidas de caracter real fueron modificadas, debido al pedido de la defensa del procesado. Con la vinculación la instrucción fiscal se extiende por 30 días más, es decir, esta etapa procesal tendrá una duración de 120 días.

El delito de cohecho

El artículo 280 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) en lo referente al cohecho sostiene que los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, enumeradas en la Constitución de la República, que reciban o acepten, por sí o por interpuesta persona, beneficio económico indebido o de otra clase para sí o un tercero, sea para hacer, omitir, agilitar, retardar o condicionar cuestiones relativas a sus funciones, serán sancionados con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Si la o el servidor público, ejecuta el acto o no realiza el acto debido, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años. Si la conducta descrita es para cometer otro delito, la o el servidor público, será sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

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La persona que bajo cualquier modalidad ofrezca, dé o prometa a una o a un servidor público un donativo, dádiva, promesa, ventaja o beneficio económico indebido u otro bien de orden material para hacer, omitir, agilitar, retardar o condicionar cuestiones relativas a sus funciones o para cometer un delito, será sancionada con las mismas penas señaladas para los servidores públicos. (I)