Desde la noche del 6 de marzo pasado están corriendo los cinco días término que dieron los jueces anticorrupción Jorge Sánchez y Víctor Barahona para que Aquiles Alvarez y su defensa aclaren y completen la demanda de recusación que plantearon contra la también magistrada anticorrupción Clara Soria, parte del Tribunal de Juzgamiento del caso Triple A junto con Sánchez y Barahona.
La decisión se tomó una vez que se analizó la demanda de recusación, determinando que esta no satisface plenamente los requisitos del artículo 142 del Código Orgánico General de Procesos (Cogep). Ante ello, se dispuso que el accionante, en el término de cinco días, aclare y complete su demanda bajo requerimientos como aclaración de identidad, fundamentación técnica y conexidad jurídica y pertinencia y conducencia de la prueba.
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Los jueces advirtieron a Alvarez y a su defensa que, de no cumplir con lo dispuesto en la providencia dentro del término legal señalado, procederán a la inadmisión y el archivo definitivo del incidente, conforme lo determina la norma del Cogep.
El 5 de marzo pasado, horas después de que se conoció que la Sala de Juicio del caso Triple A quedó conformada por los jueces Jorge Sánchez (ponente), Clara Soria y Víctor Barahona, el alcalde Alvarez y su abogado, Ramiro García, interpusieron una demanda de recusación contra Soria por, supuestamente, tener dudas respecto a la imparcialidad de la magistrada.
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Aquiles Alvarez es uno de los 22 procesados en el caso Triple A por el delito de almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de petróleo. En este proceso penal, Sánchez, Soria y Barahona instalaron el pasado 7 de marzo la audiencia de juicio contra las 16 personas naturales y seis personas jurídicas (empresas) que fueron llamadas a juicio en calidad de autoras y cómplices.
Antes de instalar la etapa de juzgamiento, los integrantes del tribunal resolvieron aceptar el pedido hecho por la Fiscalía para cambiar las medidas cautelares de presentación periódica, uso de grillete electrónico y prohibición de salida del país que mantenía el alcalde guayaquileño por una orden de prisión preventiva. Básicamente, el cambio de medidas responde a que existieron irregularidades en portar el dispositivo de vigilancia p parte del procesado.
Los jueces Sánchez y Barahona dejaron claro a la parte accionante que, de conformidad a la norma vigente y a la interpretación obligatoria de la Corte Constitucional, la recusación no inhabilita el progreso de la causa principal y la competencia de la jueza Clara Soria se suspenderá únicamente una vez que sea citada legalmente con la demanda.
“Dicha citación debe realizarse única y exclusivamente al correo institucional de la juzgadora. La magistrada mantiene plenamente sus facultades jurisdiccionales en el juicio n.º 17U05- 2024-00186 (caso Triple A) hasta que se perfeccione la notificación y se nombre a quien deba subrogarla para continuar la causa principal”, señala la providencia emitida dentro del proceso de demanda.
La tarde de este domingo, 8 de marzo, la audiencia de juzgamiento en la causa por tráfico ilícito de combustibles se suspendió hasta el 14 de marzo próximo. Actualmente, la etapa de juicio ya se instaló y han presentado sus alegatos de inicio la Fiscalía, representada por la fiscal Ruth Amoroso, la empresa pública Petroecuador y la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH).
Por otro lado, varias de las defensas de los procesados también han anunciado en sus alegatos de apertura qué es lo que se comprometen a probar en esta audiencia de juicio.
Una decena de hechos tiene la Fiscalía General para probar que el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, fue el “factor común” en la constitución de una estructura societaria para incurrir en el delito de comercialización ilegal de combustibles por el que es procesado en el caso Triple A.
Con ese mensaje, la agente fiscal a cargo de la investigación, Ruth Amoroso, abrió la fase de alegatos dentro de esta audiencia de juzgamiento, que se instaló formalmente este domingo, 8 de marzo, a las 10:26.
Según Amoroso, al menos diez hechos probarían que en el ámbito de la comercialización de combustibles se articuló una estructura ilícita alrededor de varias empresas, en las que el “factor común” fue Aquiles Alvarez. Aseguró que esta estructura habría producido una afectación al Estado que bordea los $ 61’502.000 en la venta irregular de 22′777.191 galones de combustible subsidiado.
Enunció elementos como que Alvarez fue presidente de varias empresas, firmó contratos y vendió combustible, aparentemente, de manera irregular en las zonas de la frontera, como en El Oro y Loja.
Agregó que la acusación en calidad de autores del delito apunta a los sospechosos Fernando Viteri, José Cevallos, Aquiles Alvarez, Raúl Zambrano, Juan Araujo, Fausto Vaca, Édgar Flores, Édgar Campoverde y Rosa Ortiz.
En calidad de coautores están los contadores Lady Cedeño, Jesenia Vélez, Carolina Troya, Juan Arias, Gloria Salazar, María Elisa Criollo y Olga Ortega.
Así como las empresas Fuelcorp S. A., Compañía del Petróleo y sus Derivados (Copedesa S. A.), Comercializadora de Combustible Corpalubri S. A., Terminal Naviero Petrolero (Ternape Petroleum S. A.), Indudiesel S. A. y Harsajudi S. A. (I)