El director de la Escuela de la Función Judicial del Consejo de la Judicatura (CJ) en la época de Wilman Terán, Michael Hernández, y el exdirector de la cárcel de Turi Xavier Raúl Armijos, ambos sentenciados por el delito de delincuencia organizada dentro del caso Plaga, presentaron la mañana de este miércoles, 7 de enero, sus disculpas públicas en la Corte Nacional de Justicia (CNJ) como parte del procedimiento abreviado al que se sometieron.
Tanto Hernández como Armijos fueron sentenciados a penas reducidas de diez meses de cárcel y catorce meses de prisión, respectivamente, debido a que se acogieron a la figura de procedimiento abreviado y colaboraron eficazmente con la Fiscalía para la resolución de la causa. La diligencia estuvo a cargo del conjuez nacional Édison Cantos.
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En este caso se investigó y procesó la existencia de una “organización delictiva” que habría operado de forma ilegal para el otorgamiento de acciones constitucionales a personas privadas de la libertad con sentencias por delitos penales, como abuso sexual y robo con muerte, y, en otros casos, relacionados con organizaciones criminales.
El conjuez Cantos señaló que esta audiencia está dentro del ámbito de ejecución de las sentencias dictadas en procedimientos abreviados en la causa conocida como Plaga, en el que se declaró individualizadamente la culpabilidad de Michael Ismael Hernández Sánchez y Xavier Raúl Armijo Bermeo, como autores directos del delito de delincuencia organizada.
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Recordó el magistrado nacional que delitos como la delincuencia organizada van en contra de la seguridad y el orden públicos, y son acciones que atentan contra el correcto funcionamiento del Estado y de su sociedad. “En razón de la búsqueda de promover un entorno de respeto, justicia y responsabilidad, fomentando la participación activa de los ciudadanos en el mantenimiento del orden y el bienestar común, como parte de las penas individualizadas impuestas, se dispuso como reparación integral de carácter inmaterial las correspondientes disculpas públicas”, sostuvo.
El exdirector de la cárcel de Turi, ubicada en la provincia del Azuay, en la sala de audiencias del octavo piso del la CNJ dijo que comparece para dar estricto cumplimiento de la sentencia dictada dentro del caso Plaga, en la cual —aclaró— ha cumplido íntegramente la pena que se le impuso.
“En este acto solemne deseo expresar de manera clara y respetuosa mis disculpas públicas a las instituciones del Estado que intervienen en la administración de justicia por los hechos que dieron lugar a este proceso judicial. Reconozco la importancia fundamental que tiene la Función Judicial, la Fiscalía, el CJ en el fortalecimiento del Estado de derecho, la legalidad y la confianza de la ciudadanía. Comprendo que toda actuación que afecte directa o indirectamente la imagen, respecto al normal funcionamiento de estas instituciones, genera un impacto que debe ser asumido con responsabilidad. Este proceso ha significado para mí una profunda reflexión personal y humana. He aprendido del mismo y reafirmo mi compromiso de conducirme, de ahora en adelante, en absoluto respeto a la ley, a las instituciones del Estado y a los principios que rigen la convivencia social. Dejo constancia pública de mi voluntad de resarcir desde la conducta y el respeto cualquier afectación ocasionada y reitero mis disculpas públicas sinceras”, refirió Armijos.
Quien fue funcionario del Centro de Privación de la Libertad Azuay número uno, también conocida como la cárcel de Turi, habría tenido, según la Fiscalía, el grado de participación de autor director. A decir de la sentencia, Armijos mantenía contacto directo con otros miembros de la organización criminal y gestionaba la operatividad en diversas jurisdicciones del país, aprovechando aquellas con mayores facilidades para cumplir su objetivo.
Además, mantenía relaciones financieras con otros colaboradores del grupo, evidenciadas en el análisis del movimiento de su cuenta bancaria, donde constan transferencias y depósitos efectuados por procesados, líderes y colaboradores de la organización criminal. Entre quienes efectuaron estas transacciones están el exjuez también sentenciado Banny Molina y otro de los líderes de la organización condenado, el abogado en libre ejercicio Lenín Vimos.
De su parte, Michael Hernández fue más corto en su intervención de disculpas. Aseguró ser un hombre que cumple los mandatos de la ley y, en nombre de Dios, ante las autoridades presentes de Fiscalía, el Consejo de la Judicatura y el juez de la causa, dejó constancia de estas disculpas públicas que han sido dispuestas como medida de reparación legal.
Al no quedarle claro al conjuez Ramos la aceptación de responsabilidades de Hernández, el magistrado le pidió que le especifique esa parte. El exfuncionario del CJ respondió: “Efectivamente, he sido sometido a un procedimiento abreviado en el cual acepté los hechos, los cuales estaban imputando dentro de esta causa. Es por eso que, en este momento, cumpliendo íntegramente lo dispuesto en su sentencia, en la que se establecía como reparación inmaterial la extensión de las disculpas públicas, frente a todos ustedes y a la víctima, básicamente, extiendo las mismas”.
Según la teoría del caso Plaga, el abogado en libre ejercicio Michael Hernández fue exsocio del estudio jurídico FANDET, el cual está relacionado con el coprocesado en esta causa y prófugo de la justicia Christian Romero. El grado de participación de Hernández sería de autor directo, pues en su calidad de exsocio del estudio jurídico FANDET colaboró activamente en la organización criminal al gestionar en la CNJ la coordinación de una resolución favorable en casación.
Dicha gestión, anotó la Fiscalía, habría estado vinculada al delito de tráfico de influencias y benefició al sentenciado Gonzalo R. a cambio de un pago de $ 50.000 entregados por Christian Romero. La resolución obtenida favoreció directamente los intereses del líder de la organización delictiva.
El sentenciado en Plaga Hugo Lara Olmos también fue convocado a la audiencia de disculpas públicas, pero no llegó a la diligencia. Ante ello, el conjuez Cantos le impuso una multa de un quinto de un salario básico unificado diario hasta cuando comparezca a cumplir con las disculpas públicas ordenadas en el fallo. (I)