Nuevos allanamientos se ejecutaron este sábado, 28 de febrero, en el caso denominado Caja Chica, en el cual son investigados líderes e integrantes del movimiento Revolución Ciudadana (RC). La intervención se realizó a la sede de esta organización política, en Quito.
En este caso, la Fiscalía General del Estado investiga el delito de delincuencia organizada con fines de lavado de activos por el presunto ingreso en efectivo de dinero ilícito desde Venezuela para financiar la campaña presidencial del correísmo en las elecciones anticipadas de 2023. El caso se abrió a finales de enero de este 2026.
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El pasado 27 de enero, el fiscal general encargado, Carlos Leonardo Alarcón, notificó a integrantes del correísmo sobre el inicio de una investigación previa por la presunta comisión de este delito.
A la madrugada del día siguiente, el 28 de enero, se concretaron los primeros allanamientos a las viviendas de la excandidata presidencial en 2023 de la RC, Luisa González; la del actual asambleísta por Pichincha del correísmo y exgerente de la aerolínea estatal TAME, Patricio Chávez; y la de Suad Manssur, exsuperintendenta de Compañías entre 2011 y 2018.
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Además de González, Chávez y Manssur, en este caso también son investigados el expresidente Rafael Correa, el excandidato de la RC Andrés Arauz, los exministros de Economía y Finanzas del correísmo Patricio Rivera y Fausto Herrera y la abogada en libre ejercicio Bibian Hernández.
De los notificados por la Fiscalía, al menos cinco no estarían en el país permanentemente: Correa, Hernández, Rivera, Herrera y Arauz.
La versión del supuesto financiamiento electoral a la RC desde Venezuela, bajo el régimen de Nicolás Maduro —que permanece detenido en Estados Unidos—, fue alimentada por Santiago Díaz Asque, asambleísta suspendido y procesado por violación a una menor de edad.
El pasado 30 de enero, Díaz admitió que trasladó dinero desde Venezuela hacia Ecuador por disposición del expresidente Rafael Correa. Lo hizo luego de rendir versión en este caso ante la Fiscalía en Quito.
“He venido a dar la versión sobre el caso Caja Chica porque el país necesita un baño de verdad. Yo trasladé por disposición del presidente Correa dinero desde Venezuela a Ecuador”, dijo el excorreísta.
Díaz se refirió a los comicios anticipados de 2023, en los cuales Luisa González y Andrés Arauz fueron los candidatos por la RC a la Presidencia y Vicepresidencia, respectivamente. En ese proceso electoral, Santiago Díaz fue el jefe de campaña y responsable económico.
Tras los allanamientos de este sábado, la Fiscalía General del Estado informó que se recabaron documentos que guardarían relación con los hechos. A estos papeles se suman los teléfonos celulares, pasaportes, memorias USB y más documentos que se recabaron en los allanamientos del 28 de enero.
Por el caso Caja Chica ninguno de los notificados ha sido detenido ni vinculado a esta causa. En un posible escenario en el cual la Fiscalía proceda con las detenciones con fines investigativos, el proceso seguiría la formulación de cargos, la etapa de instrucción fiscal, la fase de evaluación y preparatoria de juicio y la etapa de juicio, de ser el caso.
Como uno de los notificados es el asambleísta Patricio Chávez, en su calidad de legislador goza de fuero de corte; es decir que, para ser procesado, en el escenario de que la justicia proceda de esta manera, se requerirá que el pleno de la Asamblea Nacional levante la inmunidad parlamentaria.
Los líderes del correísmo y los notificados han desestimado estos señalamientos y acusan persecución política.
¿Qué dice el COIP sobre la delincuencia organizada y el lavado de activos?
De acuerdo con el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la delincuencia organizada se comete cuando una persona mediante acuerdo o concertación forme un grupo estructurado de tres o más personas que, de manera permanente o reiterada, financien de cualquier forma, ejerzan el mando o dirección o planifiquen las actividades de una organización delictiva con el propósito de cometer uno o más delitos sancionados con pena privativa de libertad de más de cinco años, que tenga como objetivo final la obtención de beneficios económicos u otros de orden material.
La sanción para este delito es de 22 a 26 años de cárcel.
Este artículo aclara que la pena privativa de libertad será de 26 a 30 años si la delincuencia organizada tiene como propósito cometer delitos de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, terrorismo, actividad ilícita de recursos mineros, sicariato, secuestro, trata de personas y tráfico de migrantes, pornografía infantil, tráfico ilícito de armas de fuego, armas químicas, nucleares o biológicas o lavado de activos.
“En este caso, los colaboradores serán sancionados con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años”, especifica la norma.
En tanto, el artículo 317 del COIP establece que el lavado de activos lo comete la persona que en forma directa o indirecta:
- Tenga, adquiera, transfiera, posea, administre, utilice, mantenga, resguarde, entregue, transporte, convierta o se beneficie de cualquier manera de activos de origen ilícito.
- Oculte, disimule o impida la determinación real de la naturaleza, origen, procedencia o vinculación de activos de origen ilícito.
- Preste su nombre o el de la sociedad o empresa, de la que sea socio o accionista, para la comisión de los delitos tipificados en este artículo.
- Organice, gestione, asesore, participe o financie la comisión de los delitos tipificados en este artículo.
- Realice, por sí mismo o por medio de terceros, operaciones y transacciones financieras o económicas con el objetivo de dar apariencia de licitud a actividades de lavado de activos.
- Ingrese o egrese dinero de procedencia ilícita por los pasos y puentes del país.
- Declare valores de mercancías superiores a los reales, con el objetivo de dar apariencia de licitud a actividades de lavado de activos.
De acuerdo con el grado de comisión del delito, la pena privativa de libertad abarca desde los 5 hasta los 22 años. (I)