Con cinco votos a favor, este 25 de noviembre de 2024, la Comisión de Régimen Económico y Tributario aprobó el informe para primer debate del proyecto urgente remitido por el Ejecutivo para mejorar la recaudación tributaria a través del combate al lavado de activos, que regula el impuesto a la comercialización de los vehículos usados.

El documento pasará a conocimiento del pleno de la Asamblea Nacional para su trámite y luego deberá retornar a la mesa legislativa para la elaboración del informe para segundo y definitivo debate.

Publicidad

En la votación, los tres delegados de Revolución Ciudadana ante la Comisión y la representante de Gente Buena, María Mercedes Erbs, optaron por la abstención argumentando que se trata de una ley que crea impuestos, se pretende otorgar nuevas atribuciones a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y la inclusión en el mismo proyecto de una regulación a los clubes deportivos.

El legislador José Luis Vallejo (RC) dijo que hay preocupación sobre la instrumentalización que se podría dar a la lucha contra el lavado de activos para justificar medidas fiscales; es decir, tomar el nombre del combate al lavado de activos para crear impuestos.

Publicidad

Señaló que las reformas sobre la creación de las sociedades anónimas deportivas (SAD) deberían ser tratadas en otro proyecto que no necesariamente sea urgente. Además, consideró que en las reformas sobre la UAFE se está tratando de crear funciones que distorsionarían el sistema de justicia y eso no es conveniente para el país.

Los votos a favor del proyecto vinieron de tres asambleístas delegados de la bancada oficialista, Acción Democrática Nacional (ADN), y dos del Partido Social Cristiano, quienes señalaron que tras la discusión de la propuesta se realizaron algunos correctivos a la propuesta inicial.

La presidenta de la mesa, Nathaly Farinango (ADN), aclaró que no se trata de incremento de impuestos, sino que se reduce el impuesto a una gran parte de ecuatorianos porque en adelante las personas que comercialicen vehículos usados que tengan un valor de hasta $ 20.000 pagarán el 0,75 % del impuesto, pues hoy cada persona que comercializa un vehículo paga el 1 % de impuesto independientemente del costo.

Ley urgente eliminaría el impuesto del 1 % a los vehículos usados valorados hasta en $ 20.000

La asambleísta explicó que este impuesto por la comercialización de vehículos usados ya existe en el país y pagan el 1 % por la transferencia, y ahora ese impuesto se modifica haciendo alusión a los principios de progresividad y de justicia social. Por lo tanto, a todos quienes compren autos a un costo menor de $ 20.000 se les reduce el impuesto a 0,75 %, y a todos quienes compren vehículos que superen los $ 20.000 y hasta $ 50.000 se les mantendrá el impuesto del 1 % que ya existe.

Aquellas personas que compren vehículos que superen los $ 50.000 deberán pagar un impuesto de 1,25 % respecto del valor del automotor, y el techo del impuesto será de 4,25 % para los vehículos usados que cuesten más de $ 80.000.

Farinango comentó que la intención del proyecto del Ejecutivo es regular que a través de la compra y venta de vehículos usados se pueda filtrar el lavado de activos, pues con este proyecto se formaliza el sector de la compra y venta de vehículos usados, pues existen casos de vehículos que cuestan por encima de los $ 50.000 y se hacen transferencias de hasta tres veces dentro de un mismo.

El impuesto a la transferencia de dominio de los vehículos motorizados usados, destinados al transporte terrestre, deberá ser pagado en el plazo máximo de 30 días posteriores a la legalización notarial de la compraventa.

No causará el impuesto a la transferencia de dominio en la compra y venta de vehículos nuevos; la transferencia de dominio por donación; y la transferencia de dominio por herencia.

Cuando el propietario del vehículo sea una persona de la tercera edad o persona con discapacidad, la tarifa corresponderá al 50 % del valor indicado en la tabla.

Se prohíbe el pago en efectivo en el momento de realizar la compraventa de vehículos motorizados. La forma de pago será a través de las instituciones del sistema financiero nacional y será documento habilitante en el momento de realizar el reconocimiento de firmas dentro del trámite notarial.

Tabla del tarifario con la base imponible

RangoPrecio contrato compraventa en dólaresTarifa %
10,00 - 20.000,000,75 %
220.000,01 - 50.000,001,00 %
350.000,01 - 60.000,001,25 %
460.000,01 - 70.000,002.25 %
570.000,01 - 80.000,003,25 %
680.000,01 - en adelante4,25 %

El objetivo del proyecto es la prevención, localización y combate del delito de lavado de activos y la introducción de capital ilícito en la economía del mercado local y nacional del Ecuador. Con ello, el oficialismo busca debilitar la economía criminal y mejorar la recaudación tributaria del Estado.

Sociedades anónimas deportivas

Las sociedades deportivas serán compañías anónimas sujetas a esta ley y a lo dispuesto por la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.

Con la finalidad de evitar cualquier tipo de mecanismo de lavado de activos, los clubes deportivos o equipos que participen en deportes profesionales podrán adoptar la forma jurídica de sociedades anónimas deportivas, que se sujetarán al régimen general de las sociedades mercantiles.

Se prohíbe la participación societaria, accionaria o de administración de una persona natural o jurídica en más de una sociedad anónima deportiva dentro de un mismo deporte, directamente o indirectamente, o a través de un tercero.

Una sociedad anónima deportiva podrá ser titular federativo de más de un club, siempre que estos no militen simultáneamente en el mismo deporte, categoría y serie. Las sociedades anónimas deportivas se constituirán conforme la Ley de Compañías y estarán sujetas a todos los procesos de control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.

La legisladora Nathaly Farinango explicó que la intención de esta reforma es transparentar el origen de los recursos que financian a las ligas profesionales y responde a una necesidad de la normativa internacional que advierte que es una actividad de alto riesgo para el lavado de activos.

Reformas UAFE

El proyecto urgente también establece nuevas atribuciones a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), y se determina que podrá solicitar a la autoridad judicial competente, como medida cautelar, el congelamiento de fondos en caso de advertir operaciones sospechosas y proveer a la Fiscalía General del Estado, a la Procuraduría General del Estado o a quien haga sus veces la información pertinente sobre posibles casos de extinción de dominio, dentro del marco de la lucha integral contra el delito de lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva. (I)