Antes de emprender un viaje por avión es bueno conocer las normas que se deben cumplir para evitar pasar malos ratos o retrasos. Si bien es cierto que ya durante la compra del mismo pasaje el usuario puede elegir el tipo de equipaje que va a llevar y su peso, incluso existen otros aspectos básicos necesarios a saber. Por ejemplo, sobre qué tipo de artículos se pueden llevar en el equipaje de bodega/facturado.

Tagsa, la empresa que se encarga de la administración y operación del aeropuerto internacional José Joaquín de Olmedo de Guayaquil, detalla que por razones de seguridad, en la bodega de una aeronave están prohibidos los siguientes artículos:

  • Municiones
  • Fulminantes
  • Detonadores
  • Mechas
  • Minas
  • Granadas
  • Artículos militares explosivos
  • Materiales de pirotecnia
  • Fuegos artificiales
  • Cartuchos
  • Dinamita
  • Pólvora y explosivos plásticos
  • Sustancias químicas y tóxicas

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En tanto que la aerolínea Latam detalla una lista de objetos restringidos y prohibidos en sus vuelos.

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En lo que corresponde a equipaje en bodega, están prohibidos:

  • Teléfonos móviles Samsung Galaxy Note7
  • Patinetas eléctricas comercializadas como: airwheel, solowheel, hoverboard, mini-segway, balance wheel, etc.
  • Armas de electrochoque (Taser) que contengan mercancías peligrosas tales como explosivos, gases comprimidos, baterías de litio, etc. se prohíben dentro del equipaje de mano, facturado o en la persona.
  • Maletines de seguridad, cajas de seguridad, bolsas de dinero, etc. que incorporen mercancías peligrosas tales como pilas de litio, y/o material pirotécnico.
  • Equipaje dotado de baterías de litio, baterías no extraíbles que exceden de 0,3 g de metal litio o 2,7 Wh.
  • Cilindros de oxígeno o aire gaseoso, requerido con fines médicos. La regulación permite el transporte de cilindros, pero estos no deben exceder los 5 kg (11 lb) brutos cada uno.
  • Artículos de gas pimienta
  • Baterías de litio de repuesto / sueltas, incluyendo baterías de litio, baterías no derramables, baterías de hidruro de níquel metal y baterías secas para dispositivos electrónicos portátiles que deben transportarse solo en el equipaje de mano.
  • Cigarrillos electrónicos (incluye e-cigarros, e-pipas, otros vaporizadores personales) que contienen baterías que deben protegerse individualmente para impedir su activación involuntaria.
  • Fósforos de seguridad o un encendedor pequeño, que no contiene combustible líquido no absorbido, que no sea gas licuado, para ser llevado en los bolsillos del pasajero.
  • Pilas de combustible para accionar los dispositivos electrónicos portátiles (cámaras, teléfonos móviles, computadores, etc.)
  • Termómetro o barómetro de mercurio transportado por un representante de una oficina meteorológica del gobierno o de otra agencia oficial.
  • Ayudas motrices: las sillas de ruedas u otros dispositivos similares impulsados por baterías de ion litio, que estén especialmente diseñadas para ser extraídas, deben llevarse en la cabina de pasajeros.

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Latam detalla además que con el objetivo de impedir la introducción de plagas y agentes animales portadores de enfermedades, los organismos estatales restringen el ingreso de animales, plantas, semillas, productos, agro-tóxico o ciertos alimentos, sin la debida autorización para importar y la certificación sanitaria y fitosanitaria. (I)