La Residencia Continua consiste en que los solicitantes “acrediten su presencia física en Estados Unidos”, de acuerdo los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

La continuidad de la residencia se puede romper de dos formas: la primera es de seis meses a un año y la segunda es cuando se supera el año de ausencia en Estados Unidos.

La que se conoce como la regla de los seis meses para la Green Card tiene que ver con una ausencia de “más de 6 meses (más de 180 días) pero menos de 1 año (menos de 365 días) durante el período para el cual se requiere la Residencia Continua”, explica USCIS.

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En caso de sospechas de interrupción de continuidad de residencia, el solicitante “puede presentar evidencia en su defensa y documentación. Si se comprueba la interrupción en la residencia, el solicitante debe establecer un nuevo período para ser elegible para la naturalización”.

(I)

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