El contrato por obra o servicio determinado dentro del giro de negocio es uno de los acuerdos laborales que existen en el país y es el segundo más usado por los empleadores.

Así lo muestran los datos del Ministerio del Trabajo, donde contabilizan 46.720 contratos vigentes entre el 1 de enero y el 26 de mayo de 2025. Estos representan el 17,07 % de todos los contratos.

El primero es el indefinido, con el 35,38 %. En total hay 273.690.

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Este es el segundo contrato laboral que más se aplica en Ecuador y con el que puedes ser contratado varias veces

Al igual que con otros acuerdos laborales, el trabajador tiene beneficios, como la aportación al IESS, décimos tercer y cuarto sueldo, vacaciones, utilidades, entre otros rubros.

Costo de hora trabajada

Una persona que esté bajo el contrato por obra o servicio determinado dentro del giro de negocio recibe el pago por hora, de acuerdo con lo que se establece en el Código del Trabajo; es decir, su cálculo es igual al de los demás contratos.

Por ejemplo, si es una persona trabaja jornada completa, es decir, 40 horas a la semana, se contabiliza de acuerdo con la explicación de la abogada laboral Vannessa Velásquez:

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  • Para obtenerla el costo hora es necesario realizar la división estándar, que es el salario básico de $ 470 para 240, que es el equivalente a 30 días por ocho horas. Entonces, da como resultado $ 1,95 por hora de trabajo.
  • Significa que este ciudadano gana $ 1,95 por cada hora. Sin embargo, los empleadores pueden pactar una cantidad más elevada, de acuerdo con la labor que realice.

Estas son las multas muy graves que pueden enfrentar los empleadores si no cumplen con los contratos laborales

Otro ejemplo:

  • Si se trata de una persona que labora 20 horas a la semana, su valor hora se calcula diferente porque son menos horas.
  • Entonces, si es que trabaja solo por 20 horas a la semana, se divide 235/120 y resulta en $ 1,95.
  • El salario no puede ser menor a la parte proporcional del salario mínimo calculado, según las horas trabajadas. 

¿Qué pasa si realizan horas suplementarias?

Las horas suplementarias son las adicionales a la jornada. Por ejemplo, si el contrato es para laborar de 08:00 a 16:30, es decir, 8 horas y meida al día, pero ese ciudadano trabajó hasta las 18:30, significa que tiene dos horas más por cobrar.

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Así se calcula:

  • Aquí seguimos usando el valor de la hora de trabajo, que es $ 1,95.
  • Esa cantidad la multiplicamos por el 50 % de recargo ($ 1,95 x 1,5). Total: $ 2,92. 
  • Si un ciudadano realiza dos horas suplementarias en el día, solo se multiplica por la cantidad. Ejemplo: $ 2,92 x 3. El resultado es $ 5,84.

Empleadores pueden enfrentar multas de hasta $ 9.400 por no registrar a sus trabajadores

Otro ejemplo:

  • Si se trata de una persona que es contratada por 20 horas a la semana, pero le piden quedarse cuatro más cada día, así se calcula.
  • Seguimos con el valor hora de trabajo, que es $ 1,95.
  • Esa cantidad la multiplicamos por el 50 % de recargo. Total: $ 2,92
  • Al ser cuatro horas suplementarias en un solo día, solo se multiplica por la cantidad. Ejemplo: $ 2,92 x 4. El resultado es $ 11,68. Ese es el adicional a un día de trabajo si es que labora cuatro horas más.

En tanto, en las áreas que más se aplica el contrato por obra o servicio determinado es en actividades de servicios administrativos y apoyo, en industrias manufactureras, en alojamiento y servicio de comidas, así como en transporte. En enseñanza se usa muy poco: solo 257 personas han firmado ese contrato. (I)

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