Todas las personas naturales o jurídicas legalmente constituidas en el Ecuador o sucursales de compañías extranjeras domiciliadas en el país podrán levantar el gravamen que pesa sobre un bien mueble (vehículo, maquinaria, etc.) una vez que la obligación ha sido cancelada o pagada en su totalidad, indica la Dirección Nacional de Registros Públicos (Dinarp).