El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) impone distintos requisitos para que un afiliado pueda acceder a la jubilación por vejez. Uno de ellos es la cantidad de años de aportación.
Así, el IESS define montos mínimos y máximos que puede recibir un afiliado que quiera jubilarse, que se dividen por años de aportaciones, y definen el porcentaje del salario básico unificado que le corresponde recibir al jubilado de forma mensual.
Publicidad
Hasta qué edad puedo pedir un crédito hipotecario con el Biess en Ecuador
Los rangos máximos son los siguientes:
Estas son las pensiones máximas para jubilados por vejez del IESS
<b>Años de aportaciones</b> | <b>Porcentaje del salario básico</b> | <b>Pensión máxima</b> |
---|---|---|
Hasta 10 | 250 % | $ 1.150 |
De 15 a 19 | 300 % | $ 1.380 |
De 20 a 24 | 350 % | $ 1.610 |
De 25 a 29 | 400 % | $ 1.840 |
De 30 a 34 | 450 % | $ 2.070 |
De 35 a 39 | 500 % | $ 2.300 |
40 y más | 550 % | $ 2.530 |
Fuente: Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social
Alguien que aportó por 11 años, por lo tanto, recibiría menos que un afiliado que lo hizo por 40 años. Sin embargo, las pensiones mínimas y máximas solo sirven como límites: lo que reciba el jubilado dependerá del promedio de los años en los que mejores sueldos recibió.
Publicidad
Tomando como referencia la tabla, alguien que aportó por 15 años (que solo podrá acogerse a la jubilación de vejez a partir de los 65 años de edad, según lineamientos del IESS) podrá recibir un máximo de $ 1.380, o 300 % del salario básico.
Hasta qué edad puedo solicitar un crédito quirografario con el Biess en Ecuador
La pensión mínima, a su vez, será de $ 276, o 60 % del salario básico.
¿Cuántos años de aportaciones al IESS necesito si quiero jubilarme a los 60 años?
El IESS también indica diferentes requisitos de aportaciones para jubilarse antes o después: alguien que aportó durante menos años deberá jubilarse más tarde.
Los requerimientos son los siguientes:
Edad | Imposiciones | Años de aportación |
---|---|---|
Sin límite | 480 o más | 40 años o más |
60 años o más | 360 o más | 30 o más |
65 años o más | 180 o más | 15 o más |
70 años o más | 120 o más | 10 o más |
Así, es necesario cumplir 30 años o más de aportaciones para poder acogerse a la jubilación por vejez a los 60 años. En contraste, alguien que haya aportado entre 10 y 14 años solo podrá jubilarse a los 70 años. (I)