Un agente investigador de la Dirección Nacional de Investigación de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Secuestro y Extorsión (Dinased) fue condenado a veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad como autor del delito de violación.
Un Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo sentenció al sargento primero de la Policía Nelson Ricardo P. B. tras hallarlo culpable de violación.
Un agente de la Dinased condenado por violación
El uniformado fue acusado por una adolescente de 16 años de haberla violado.
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Según el proceso, el agente había sido designado para la ubicación y localización de una adolescente de 16 años reportada como desaparecida el 15 de julio de 2025, en Guano.
Tres días después de eso, el 18 de julio de 2025, la joven fue localizada y entregada a sus familiares.
Las investigaciones indican que la noche del 20 de julio, el uniformado regresó a la vivienda de la adolescente para entregarle su dispositivo móvil y trasladarla hasta las oficinas de la Dinased, con el pretexto de continuar con la investigación.
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El engaño y el ataque en el vehículo policial
La Fiscalía indicó que el implicado subió a la adolescente a una patrulla y la llevó a un lugar desolado, donde, al interior del vehículo policial, cometió el delito.
Para intentar evitar que la adolescente hable, el policía la amenazó e intimidó con detener a su “novio Jonathan“, con quien supuestamente ella se había fugado.
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Después del ataque, la víctima pidió al agresor que retirara los seguros del vehículo para ir al baño; en ese momento aprovechó para huir y pedir ayuda.
Captura del agresor y veredicto final
El agente Nelson Ricardo P. B. huyó del lugar, pero luego fue ubicado en las instalaciones de la Dinased, en el centro de Riobamba.
Los jueces a cargo del caso examinaron las pruebas que se presentaron en el juicio y determinaron que el agente era culpable.
Además de la pena, los jueces ordenaron al sentenciado el pago de 5.000 dólares como reparación integral a la víctima.
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Este caso fue sentenciado según el artículo 171, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violación con privación de libertad de diecinueve a veintidós años.





