Circular sin justificación durante el toque de queda —que rige de 23:00 a 05:00 del 3 al 18 de mayo de 2026— puede terminar en detención inmediata.

Lo que puede pasarte según el Decreto Ejecutivo 370

  • Retención en el control: Las Fuerzas Armadas o la Policía pueden detenerte en el sitio y retenerte hasta que justifiques el motivo de tu circulación.
  • Traslado a una unidad policial: Si no puedes justificar el desplazamiento, puedes ser conducido a la unidad policial más cercana para rendir versión.
  • Allanamiento si estás en un vehículo: El decreto suspende temporalmente la inviolabilidad de domicilio. Los vehículos pueden ser requisados en un control sin necesidad de orden judicial previa.
  • Uso de fuerza si hay resistencia: Las autoridades están habilitadas para usar la fuerza necesaria y proporcional si una persona intenta evadir o resistir el control.

¿Te pueden detener solo por estar en la calle?

Sí. El Decreto Ejecutivo 370 restringe la libertad de tránsito de forma expresa entre las 23:00 y las 05:00. Circular en ese horario sin pertenecer a los grupos autorizados es suficiente motivo para que las autoridades te detengan.

¿Qué documentos debes llevar si necesitas salir de tu casa?

Si perteneces a un grupo autorizado o tienes una razón de fuerza mayor, lleva siempre:

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  • Cédula de identidad — indispensable en cualquier control.
  • Credencial profesional o institucional — para personal de salud, fuerza pública, telecomunicaciones, electricidad o sectores estratégicos.
  • Tiquete aéreo — físico o digital, si te diriges al aeropuerto. Los acompañantes deben llevar una copia.
  • Documento que acredite la emergencia — orden médica, notificación de turno o cualquier respaldo que justifique el desplazamiento.

¿Hasta cuándo rige el toque de queda?

El toque de queda rige hasta el lunes 18 de mayo de 2026 a las 05:00. La última noche de restricción es el domingo 17 de mayo. A partir de las 05:00 del 18 de mayo, la medida queda sin efecto en todas las provincias y cantones incluidos en el Decreto 370. (I)