Dentro de las resoluciones emitidas por el COE nacional, se encontraba solicitar a los ministerios de Gobierno y Turismo la prohibición de venta de bebidas alcohólicas los días domingos y aplicar restricciones durante los feriados de Semana Santa y 1 de mayo. De esta manera, según el acuerdo interministerial 0001, queda prohibida la venta de “bebidas alcohólicas de cualquier tipo”. La prohibición la deberán acatar todos los establecimientos regulados por dichas carteras de estado.
Durante el feriado de Semana Santa la restricción indica que la venta de bebidas alcohólicas podrá ser hasta las 18:00, esto incluye el viernes 2 y sábado 3 de abril. Para el feriado del día del trabajador será la misma dinámica. Viernes 30 de abril y sábado 1 de mayo la venta estará permitida en el día, hasta las 18:00.
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El acuerdo dice: “No se podrán expender ni entregar a título gratuito bebidas alcohólicas ni las denominadas bebidas de moderación”. Para el control respectivo están autorizadas las intendencias, subintendencias y comisarías nacionales de Policía.
Por su parte, el COE municipal de Quito indicó en la Resolución A014 que está prohibido el consumo de licor en la vía pública. Esto incluye el interior de vehículos públicos o privados que “se encuentren en los bienes de uso público municipal”.
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También en Guayaquil aplica la misma medida que regula la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública. Durante el mes de abril tendrán la autorización para la venta entre las 06:00 y 17:00.
De esta manera cada gobierno autónomo podrá expedir las restricciones dentro de sus competencias. (I)