La Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores establece exoneraciones y rebajas del 50 % en consumos de planes básicos de telefonía fija, celular e internet.

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La rebaja de tercera edad aplica a servicios de telefonía fija, celular e internet, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, publicada en el Registro Oficial 484.

En ese cuerpo legal se establece, en relación con los beneficios no tributarios, que las personas adultas mayores podrán gozar de los siguientes beneficios: “Exoneración del 50 % del valor de consumo en un plan básico de telefonía fija, celular e internet, cuyo titular sea la persona adulta mayor”.

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Los ciudadanos que cumplen los 65 años podrían hacer el trámite para gozar de estos beneficios.

A escala nacional, por ejemplo, en la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT) hasta este mes de febrero un total de 147.578 adultos mayores obtienen la rebaja por servicios contratados.

De este total, 27.325 son clientes que tienen su domicilio en Guayaquil y que han aplicado a esas exoneraciones.

La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel) emitió la Resolución 2021-1024, que establece dichos beneficios para el adulto mayor, y es la misma que acoge la Corporación Nacional de Telecomunicaciones CNT EP para su cumplimiento.

Para este descuento, la CNT, por ejemplo, lo aplica de esta manera:

  • En telefonía fija: 50 % en la pensión básica.
  • El servicio de acceso a internet móvil: 50 % del valor del consumo del plan básico individual o personal.
  • El servicio de acceso a internet fijo: 50 % del total del consumo mensual del plan básico residencial.
  • Para planes comerciales, cuyas velocidades sean mayores al plan básico, la exoneración del 50 % aplicará únicamente al valor descrito como plan básico residencial.

Las exoneraciones por la tercera edad también se pueden tramitar para otros rubros, como el impuesto predial.

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Cuando una persona cumple los 65 años puede ir a los municipios para que se tramite esa rebaja.

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