Son cuatro días los que los ecuatorianos disfrutarán en el próximo feriado, que antes era solo de tres, pero con la disposición del presidente Daniel Noboa se extendió.

El mandatario dispuso la suspensión de la jornada laboral del próximo jueves 30 de abril.

Daniel Noboa suspende jornada laboral del 30 de abril y extiende feriado por el Día del Trabajo

Con esto, el periodo de asueto por el Día del Trabajo será de cuatro días, del jueves 30 de abril al domingo 3 de mayo. El Día del Trabajo es el 1 de mayo y se celebra a nivel nacional.

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La medida aplica a los trabajos de los sectores público y privado, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo 354, emitido la tarde de este sábado, 4 de abril.

¿Es el feriado más largo del año?

Al momento es el segundo feriado más largo que los ecuatorianos gozarían. El primero fue en carnaval, del 14 al 17 de febrero, como comúnmente se realiza.

Ahora, es el del Día del Trabajo: 30 de abril, 1, 2 y 3 de mayo, que corresponde del jueves al domingo. Restan 25 días para disfrutarlo.

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En tanto, la jornada de trabajo suspendida no será recuperable, según estableció Noboa en el decreto.

¿Jornada de trabajo suspendida el 30 de abril será recuperable?: esto dice el decreto firmado por Daniel Noboa

El primer mandatario dispuso que durante el día de suspensión de la jornada de trabajo se garantizará la provisión de todos los servicios públicos, como agua potable, energía eléctrica, salud, el Cuerpo de Bomberos, terminales aéreas, terrestres y fluviales y servicios bancarios.

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Para ello, las máximas autoridades de las instituciones, entidades y organismos del sector público deberán disponer que se cuente con el personal mínimo que permita atender satisfactoriamente las demandas de la colectividad.

En las disposiciones del decreto, el primer mandatario señaló que se encarguen de su ejecución el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de la Producción, Comercio Exterior e Inversiones y el Ministerio de Gobierno, en coordinación con todas las entidades e instituciones que por el ámbito de sus competencias y funciones correspondan. (I)