A través del Decreto Ejecutivo 175, emitido este 5 de octubre, el presidente de la República, Daniel Noboa, renovó el estado de excepción en las provincias de Guayas, El Oro, Los Ríos, Manabí y el cantón Echeandía (Bolívar).

Esta medida se aplicó por grave conmoción interna con base en los términos establecidos en los decretos 76, 109 del 6 y 20 de agosto de este año, y en estricto cumplimiento a los parámetros dispuestos por la Corte Constitucional del Ecuador en su dictamen 5-25-EE/25 del 11 de septiembre.

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En los decretos 76 y 109 se fundamentaba la declaratoria por el incremento de los índices de violencia, cometimiento de delitos e intensidad de la perpetración de ilícitos por parte de grupos armados organizados.

En el Decreto 175, el Ejecutivo detalló que el objetivo final del estado de excepción es garantizar el orden público, la paz social y la convivencia pacífica de los ciudadanos, además de la obligación establecida en el artículo 166 de la Constitución que dispone que los servidores públicos serán responsables de cualquier abuso que hubieran “cometido en el ejercicio de sus facultades durante la vigencia del estado de excepción”.

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En el documento, además, Noboa dispuso la aplicación de los artículos 3 y 4 del Decreto 76 del 6 de agosto anterior, que se ejecuten con las precisiones y limitaciones realizadas en el dictamen 5-25-EE/25 del 11 de septiembre, siendo estas las únicas medidas que se mantienen.

La noche del sábado anterior, Noboa aplicó otro estado de excepción en diez provincias de la Sierra y Amazonía, por grave conmoción interna, atribuidas a paralizaciones y hechos de violencia generados en el contexto de manifestaciones que se desarrollan en esas jurisdicciones desde hace dos semanas.

Esta medida entró en vigencia para las provincias de Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Cañar, Azuay, Orellana, Sucumbíos y Pastaza. Además se dispuso la suspensión del derecho a la libertad de reunión durante las 24 horas.

Previamente, la misma medida ya rige en Carchi e Imbabura desde el 16 de septiembre, a través del Decreto Ejecutivo 134. (I)