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¿Cuántos kilos de menaje de casa pueden traer los migrantes que regresen a Ecuador?

El menaje es un conjunto de muebles, ropas y enseres de uso común en las casas.

Imagen referencial. (Archivo)

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Actualizado el 

Un nuevo Reglamento a la Ley de Movilidad Humana fue emitido por el presidente Guillermo Lasso el pasado 18 de febrero y pone la lupa en los procesos relacionados con los ecuatorianos, como migrantes o retornados.

La normativa que regía anteriormente se enfocaba en los trámites con respecto a los extranjeros en el país. Actualmente las regulaciones se encuentran detalladas a lo largo de 100 páginas del documento.

A continuación les explicaremos sobre el menaje, que son un conjunto de muebles, ropas y enseres de uso común en las casas. Estos se podrán importar únicamente a los miembros del núcleo familiar que consten con el certificado de migrante retornado.

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El Servicio Nacional de Aduana establece un listado y las cantidades admisibles de las mercancías que serán consideradas menaje son las siguientes:

Captura del documento Resolución n.º. SENAE-SENAE-2021-0131-RE, del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Foto: aduana.gob.ec
Captura del documento Resolución n.º SENAE-SENAE-2021-0131-RE, del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Foto: Aduana.gob.ec

Cabe recalcar que, tal cual lo explican, las prendas de vestir, calzado y accesorios no podrán superar los 200 kilos “para el migrante y para cada uno de los integrantes del núcleo familiar, guardando relación en talla y cantidad”.

Por otro lado, los vehículos y motocicletas se mantienen con los requisitos de la Ley, estos deben ser de los cuatro años previos al retorno y no pueden superar los $ 34.000 y $ 10.625, respectivamente.

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Los bienes pueden ser transferidos a otros antes del plazo de cinco años desde el retorno solo en caso de fallecimiento del ecuatoriano retornado o que el país “estuviese sumido en crisis, grave conmoción o emergencia nacional”.

Con respecto a los equipos de trabajo, estos se mantienen en $ 68.000 por un equipo en cada importación. Sin embargo “la tarea productiva o el oficio por ejercer” deberá constar en la declaración juramentada que se adjunte a la declaración aduanera. En caso de que solo un equipo sobrepase los $ 34.000, se debe presentar un proyecto de inversión para su negocio en Ecuador.

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Si durante los dos primeros años en el país el migrante interrumpe su permanencia por más de 90 días en un año, perderá los beneficios y las autoridades comenzarán un proceso penal para recaudar los aranceles exonerados. (I)


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