La Corte Constitucional (CC), por unanimidad, declaró la constitucionalidad del decreto que declaró el estado de excepción por calamidad pública producida por la detección de casos de COVID-19, variantes delta y delta plus, en la provincia de El Oro y en la ciudad de Guayaquil.

El pasado 14 de julio, el presidente Guillermo Lasso declaró para ambas localidades el estado de excepción que regirá hasta la próxima semana.

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El estado de excepción restringe la libertad de tránsito y de asociación desde las 20:00 del miércoles 14 de julio hasta las 23:59 del miércoles 28 de julio, por “calamidad pública” luego de la detección de las variantes del virus.

Primer estado de excepción decretado por el presidente Guillermo Lasso desde que asumió el poder el pasado 24 de mayo

La CC dispuso además que el presidente Guillermo Lasso, una vez que concluya el estado de excepción, remita un informe sobre la aplicación.

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Exhortó a la Asamblea Nacional para que ejecute las acciones necesarias para iniciar el trámite de los proyectos destinados a la gestión de la emergencia sanitaria por la pandemia.

Ley para control de la pandemia del coronavirus debe ser tratada por la actual Asamblea Nacional

Según Juan Zapata, presidente del Comité de Operaciones (COE) nacional, el aval dado por el CC ratifica que las decisiones fueron técnicamente tomadas.

“Esta decisión era con la finalidad de evitar un contagio explosivo o exponencial en el resto de provincias del país, e inclusive evitar medidas en todo el territorio ecuatoriano...”, dijo Zapata, en un video.