Ya corren los plazos para que las sociedades que pertenecen al régimen general y al Régimen Impositivo Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) realicen la declaración y el pago del impuesto a la renta (IR) correspondiente al ejercicio fiscal 2025.

Este miércoles 8 de abril el Servicio de Rentas Internas (SRI) informó sobre las fechas de vencimiento, conforme el noveno dígito del Registro Único Contribuyente (RUC).

Publicidad

Si una fecha de vencimiento coincide con un día de descanso obligatorio o un feriado, ya sea nacional o local, se trasladará al siguiente día hábil. No obstante, si este cambio implica que la nueva fecha corresponda en el mes siguiente, no se aplicará esta regla y el vencimiento deberá anticiparse al último día hábil del mes de vencimiento.

Estos son los plazos:

Publicidad

Si el noveno dígito esFecha vencimiento (hasta el día)
110 de abril
212 de abril
3 14 de abril
416 de abril
518 de abril
620 de abril
7 22 de abril
824 de abril
926 de abril
028 de abril

El SRI también recordó que los contribuyentes especiales tienen plazo para presentar sus declaraciones hasta el próximo 11 de abril. Mientras que para las instituciones del Estado y las empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas la fecha límite es hasta el 20 de abril.

Por otro lado, los contribuyentes cuyo domicilio principal se encuentre en la provincia de Galápagos podrán presentar sus declaraciones hasta el 28 de abril, sin necesidad de seguir un calendario.

Para el ejercicio fiscal 2025, la tarifa general del IR para sociedades es del 25 % sobre la base imponible y aplica a aquellas bajo el régimen general. Adicionalmente, se contemplan reducciones o incrementos de la tarifa conforme a los casos establecidos en la normativa.

En tanto, las sociedades sujetas al Rimpe pagarán el IR conforme a la tabla progresiva establecida en la ley.

A través del siguiente link www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos los contribuyentes pueden encontrar una guía para el llenado del formulario del IR de sociedades.

Una vez en el sitio debe dirigirse a: Formularios e Instructivos / Impuesto a la Renta Sociedades / Guía para el contribuyente sobre el llenado del formulario de Impuesto a la Renta Sociedades. (I)