Los trabajadores esperan con ansias los distintos sobresueldos que se reciben a lo largo del año. Tras el nuevo año, el conteo regresivo para el primero de estos arranca.

A lo largo del año, los empleados reciben dos sobresueldos: el décimo tercer sueldo y décimo cuarto sueldo. En el caso del primero se otorga la doceava parte de lo que te ha pagado el empleador durante todo el año, mientras que para el décimo cuarto sueldo consiste en un remuneración básica.

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Para este año el salario básico asciende a 482 dólares.

Las fechas de entregan de esta bonificación son distintas. La décima tercera remuneración se da hasta diciembre, mientras que en la décimo cuarta es distinta y se da por regiones.

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Este sueldo adicional se creó en 1968 como un apoyo a los trabajadores para solventar los gastos del inicio del año lectivo, por eso, no se entrega al mismo tiempo en todo el país.

En el caso del régimen Litoral y Amazonía, los empleadores tienen hasta el 15 de marzo para cancelarla, mientras que para la Sierra y Galápagos es hasta el 15 de agosto.

Si una persona trabajó entre el 1 de agosto hasta el 31 de julio (Costa y Amazonía) o 1 de marzo hasta el último día de febrero (Sierra y Galápagos) puede ser beneficiaria de esta bonificación.

En caso de salir del trabajo o haber renunciado se pagará un proporcional por los meses trabajados. Si trabajó durante seis meses recibirá la mitad del salario básico, es decir, 241 dólares. (I)