La Junta de Política y Regulación Financiera resolvió extender hasta junio del 2022 el plazo para que las deudas que se mantengan con la banca pública y privada se registren como vencidas a los 61 días de la fecha de pago.

Este 30 de diciembre de 2021, el organismo emitió la resolución JPRF-F-2021-008 en la que se estableció que “las entidades de los sectores financieros público y privado, en los estados financieros hasta el 30 de junio de 2022, registrarán la transferencia a las cuentas vencidas, de las operaciones de los distintos segmentos de crédito”.

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En un principio el plazo para que el sistema financiero registre las deudas como vencidas fenecía este 31 de diciembre, pero con base en un informe técnico de la Superintendencia de Bancos y Seguros la Junta resolvió ampliarlo.

Uno de los argumentos para ejecutar la medida es por los efectos de la pandemia del COVID-19 que afectó a la cartera de crédito de las entidades bancarias, “que concentran su estrategia de colocación de crédito en sectores de menor poder adquisitivo, como son los sectores de empleo informal e ingresos medio/bajo”, por lo que la Superintendencia recomendó que se permita el registro de la transferencia a las cuentas vencidas.

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Nuevo plazo de 61 días otorga Junta para registrar deudas vencidas; se lo aplicará hasta junio de 2021

Rosa Guerrero, asesora de la Superintendencia y vicepresidenta de la Iniciativa de Inclusión Financiera para América Latina y el Caribe (Filac), explicó que si bien la situación económica afectada por la pandemia ha ido recuperándose, aún no se llega a los niveles esperados, por lo que se propuso la extensión del plazo.

Esto, dijo, permitirá que los clientes de la banca pública y privada puedan “tener más espacio para restructurar sus operaciones de manera libre y voluntaria”.

Esta restructuración de la cartera con los clientes alcanzó los $ 10.000 millones en junio del 2020, y hasta la actualidad ese refinanciamiento se ha reducido en unos $ 4.600 millones, según Guerrero.

“Es importante que estos recursos sean recuperados. Estos mecanismos extraordinarios permiten diferir el plazo de las deudas, son normas temporales aplicadas por la pandemia que han permitido apoyar a los microempresarios, hogares, entre otros, sin poner en riesgo los recursos de los depositantes”, afirmó la especialista.

Estas medidas tienen como efecto que el perfil de riesgo de los clientes del sistema financiero no se afecte y puedan acceder a nuevos créditos. (I)