En Ecuador, las personas adultas mayores que no cuentan con recursos económicos suficientes o que no pueden sostenerse por sí mismas debido a su condición física o mental tienen derecho a recibir una pensión alimenticia por parte de sus familiares.

Así lo establece el artículo 27 de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, que reconoce este beneficio como un mecanismo para asegurar una vida digna.

La normativa indica que este derecho aplica cuando el adulto mayor no puede cubrir sus necesidades básicas de subsistencia. En esos casos, la obligación de proporcionar alimentos recae en determinados familiares, siguiendo un orden establecido por la ley.

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¿Quiénes deben pagar la pensión?

Según el artículo 28 de la misma ley, los primeros obligados a asumir esta responsabilidad son:

  1. La pareja en unión de hecho o cónyuge.
  2. Los descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad, lo que incluye principalmente hijos y nietos.
  3. Los hermanos.

Cuando existen varios familiares dentro de un mismo nivel de parentesco, todos pueden ser demandados conjuntamente para asumir la obligación alimentaria.

Además, el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) señala que, en determinadas circunstancias y cuando lo determine una autoridad judicial como medida de protección, la responsabilidad puede ampliarse hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

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¿Cómo se determina el monto?

El monto de la pensión no es fijo. Debe ser determinado por un juez de familia, mujer, niñez y adolescencia mediante el procedimiento legal correspondiente.

Para fijar la cantidad, el juez se basa en las tablas de pensiones mínimas para personas adultas mayores elaboradas por el MIES, que establecen valores de referencia según el nivel de ingresos de los familiares obligados a pagar.

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Para 2026, el cálculo toma como base el salario básico unificado, fijado en 482 dólares, junto con el índice de inflación anual determinado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). Estos parámetros permiten ajustar los montos a las condiciones económicas del país.

La ley también establece que la pensión debe considerar las necesidades reales del adulto mayor y la capacidad económica de los familiares responsables.

¿Qué hacer si la familia no cumple?

Si no existe un acuerdo voluntario entre los familiares obligados, el adulto mayor puede presentar una demanda de alimentos ante un juez. En ese proceso judicial se evaluarán las condiciones del caso y se fijará la pensión mensual correspondiente. (I)