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La Ventanilla Única del Inversionista entró en vigencia con publicación en el Registro Oficial, más de dos años después de disponerse su creación

El documento que se publicó en el RO, el miércoles 8 de junio, es el Acuerdo Ministerial 0001, emitido el 21 de febrero de 2020.

El presidente de la República, Guillermo Lasso, mediante Decreto Ejecutivo 259 del 19 de noviembre de 2021, en el marco del Open for Business, también dispuso la creación de la Ventanilla Única de Inversiones (VUI). Foto: Patricia Sandoval

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Después de más de dos años desde que se dispuso su creación, a través del Acuerdo Ministerial 0001, emitido el 21 de febrero de 2020 en el gobierno de Lenín Moreno, por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, la Ventanilla Única del Inversionista (VUI) entró en vigencia este miércoles 8 de junio tras la publicación del documento en el Suplemento del Registro Oficial 79.

El Acuerdo 0001 se emitió dando cumplimiento a las condiciones especiales del Contrato de Préstamo BID n.º 4754/OC-EC suscrito el 28 de agosto de 2019, en el cual se contemplaba la VUI, informó el ministerio.

Sin embargo, la creación de esta VUI también fue dispuesta en noviembre del 2021, ya en el Gobierno actual, en el marco del evento internacional Ecuador Open for Business, a través de la firma de dos decretos para la creación del Sistema Nacional de Atracción y Facilitación de Inversiones (Senafi) y la VUI. Asimismo, se creó la Secretaría Técnica de Alianzas Público-Privadas y Gestión Delegada.

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En tanto, según señala el Acuerdo 0001, que fue el que se publicó en el Registro Oficial, la VUI es considerada una estrategia de articulación del Sistema Nacional de Atracción y Facilitación de Inversiones que busca simplificar, facilitar y optimizar la atención respecto de los procesos de inversión nacional o extranjera.

Como objetivos de esta nueva estrategia, el acuerdo señala que deberá coordinar interinstitucionalmente la eliminación de trámites a las inversiones productivas, fomentar la cooperación entre las entidades públicas involucradas, brindar información completa al inversionista respecto a la constitución de empresas y procesos legales relativos a la materia de la inversión, reducir el tiempo y los costos de transacción en la realización de actividades de inversiones.

Además, facilitar la aprobación de autorizaciones y certificaciones, brindar información a los inversionistas sobre los requisitos vigentes y el estado de los trámites en curso; y poner a disposición de las instituciones públicas la información suficiente para realizar un control de manera óptima en materia de inversiones. (I)

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