Los cambios que realizó el Ejecutivo a su propuesta de reforma tributaria dejan más productos en la lista de los que no pagarán el 12 % del impuesto al valor agregado (IVA) de aprobarse y entrar en vigencia.

El proyecto original del Gobierno, denominado de Creación de Oportunidades que no fue calificado por la Asamblea Nacional, incluía varios ítems con tarifa cero y sacaba a otros de ese beneficio. Mientras que en la nueva Ley para el Desarrollo Económico, entregada este jueves 28 de octubre, se mantiene la idea de no gravar los productos anunciados desde un principio y los que pensaban gravarse ahora son menos. El primer plan contenía siete eliminaciones de la lista de tarifa cero y ahora solo se eliminan tres.

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Lo que sí queda fuera son los pañales de forma general, pues en el nuevo proyecto de ley se especifica que la tarifa cero será para los “pañales desechables populares”. ¿Cuáles son ese tipo de pañales? Eso se definirá en el reglamento que se expida de esta ley, una vez que sea aprobada.

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El texto que ahora deberá tramitar la Asamblea Nacional en treinta días es un proyecto con carácter de económico urgente, incluye reformas a la Ley de Régimen Tributario Interno, una de ellas es al artículo 55 que enlista los bienes con tarifa cero de IVA y estos son los que incluye el Ejecutivo:

  • Glucómetros, lancetas, tiras reactivas para medición de glucosa, bombas de insulina, marcapasos, mascarillas, oxímetros, alcohol y gel antibacterial superior al 70 % de concentración.
  • En papel bond y libros se agrega el papel periódico.
  • Toallas sanitarias, tampones, copas menstruales y pañales desechables populares, conforme la definición que se establezca en el reglamento de esta ley.
  • La importación de combustibles derivados de hidrocarburos, biocombustibles, sus mezclas incluidos GLP y gas natural, destinados para el consumo interno del país, realizada por sujetos pasivos que cuenten con los permisos emitidos por el ministerio respectivo.
  • Los servicios prestados por establecimientos de alojamiento turístico a turistas extranjeros. Esos negocios deberán estar registrados y tener licencia de funcionamiento, y por turistas se consideran a los extranjeros que ingresan legalmente al país por menos de 90 días.
  • Vehículos híbridos y eléctricos de uso particular y paneles solares seguirán con tarifa cero. En el primer proyecto de ley enviado por el Ejecutivo se pretendía aplicarles el 12 % de IVA, pero el Gobierno dio marcha atrás al no ser compatible con las medidas de apoyo con el medioambiente.

Esta reforma implica que para el consumidor habrá un ahorro en esas compras. Por ejemplo, cada mascarilla costará unos tres centavos menos. Este implemento de bioseguridad se usa a diario y varias veces, de acuerdo con el tiempo que la persona permanece fuera de casa. Por ejemplo, Julio compra cada mes cuatro cajas de 10 unidades cada una y por ellas paga $ 11,20: $ 10 por el producto y $ 1,20 por el IVA.

En el caso de las toallas sanitarias los precios varían por los tipos y las unidades que vienen en cada paquete o combos que suelen formar las empresas fabricantes. Hay presentaciones por las que se pagan $ 2,85 más 34 centavos por IVA, y paquetes que cuestan $ 8,26 en los que el IVA representa 99 centavos de recargo.

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Los pañales en paquetes de 100 unidades cuestan alrededor de $ 14 y con el IVA son $ 1,80 más, pero no está definido cuáles son los pañales populares que ya no pagarán ese 12 %.

El Ministerio de Economía y Finanzas estima que por las reformas a este impuesto la recaudación del IVA será menor en unos $ 34 millones.

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Por otro lado, el proyecto elimina de la lista de exenciones, es decir que serán gravados con el 12 %, otros productos como:

  • Lámparas ledes (numeral 12 del artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno).
  • Cocinas de uso doméstico eléctricas y las que funcionen exclusivamente mediante mecanismos eléctricos de inducción, incluyendo las que tengan horno eléctrico, así como las ollas de uso doméstico, diseñadas para su utilización en cocinas de inducción y los sistemas eléctricos de calentamiento de agua para uso doméstico, incluyendo las duchas eléctricas (numeral 17).
  • Los que sean ingresados al país por los administradores y operadores de Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE), siempre que los bienes importados sean destinados exclusivamente a la zona autorizada, o incorporados en alguno de los procesos de transformación productiva allí desarrollados (literal e del numeral 9).

El IVA es el impuesto de mayor recaudación para el Estado. En el 2020 significó $ 5.506 millones de ingresos. En el tiempo ha tenido varios cambios.

La tarifa original del IVA se la estableció en el 10 % en 1990 y se incrementó al 12 % el 18 de noviembre de 1999. Posteriormente, el 20 de mayo de 2016, subió la tarifa al 14 % por un año, con el argumento de apoyar la reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto del 16 de abril de ese año. En la actualidad es del 12 % y así se mantendrá, pues el mandatario aseguró que no la subirá. (I)