Personas naturales se encuentran realizando desde el pasado 10 de marzo el pago de su impuesto a la renta correspondiente al año 2020. El Servicio de Rentas Internas (SRI) especificó que este impuesto se da sobre aquellas rentas que obtienen las personas naturales, sociedades y más tanto nacionales como extranjeras.
Este se calcula de acuerdo a la actividad económica, aún cuando la totalidad de sus rentas estén constituidas por ingresos exentos, a excepción de “los contribuyentes domiciliados en el exterior, que no tengan representante en el país y que exclusivamente tengan ingresos sujetos a retención en la fuente y las personas naturales cuyos ingresos brutos durante el ejercicio fiscal no excedieren de la fracción básica no gravada”.
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Un contribuyente puede calcular el impuesto tras la totalidad de sus ingresos gravados y restar las devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones, imputables a tales ingresos. El resultado se conoce como base imponible, si se supera los límites establecidos en la tabla se deberá pagar el impuesto a la renta.
AÑO 2020: Impuesto a la renta para personas naturales (valor en dólares)
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Fracción básica | Exceso hasta | Impuesto sobre fracción básica | % Impuesto sobre la fracción excedente |
---|---|---|---|
0 | 11.315 | 0 | 0% |
11.315,01 | 14.416 | 0 | 5% |
14.416,01 | 18.018 | 155 | 10% |
18.018,01 | 21.639 | 515 | 12% |
21.639,01 | 43.268 | 950 | 15% |
43.268,01 | 64.887 | 4.194 | 20% |
64.887,01 | 86.516 | 8.518 | 25% |
86.516,01 | 115.338 | 13.925 | 30% |
115,338,01 | En adelante | 22.572 | 35% |
Plazos para el pago del impuesto a la renta del año 2020
Las personas también podrán deducir sus gastos personales sin contar el IVA e ICE que generaron, estos pueden ser salud, vivienda, alimentación, vestimenta, educación, arte y cultura, turismo interno. “Debe tomar en cuenta el límite máximo por cada tipo de gasto a través del registro de facturas físicas y selección de facturas electrónicas”, especificó el SRI. (I)