Desde el pasado 13 de octubre, el servicio de referencias crediticias, conocido también como buró de crédito, recibe más datos para evaluar el riesgo crediticio de personas naturales y jurídicas.
Ahora se añadirá la información de obligaciones con el mercado de valores, pago de servicios básicos, pago de impuestos, entre otros datos que serán determinados por la nueva Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria.
Esta es una de las novedades que trae la nueva Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Monetario y Financiero, que entró en vigencia esta semana a partir de su publicación en el Registro Oficial.
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La ley mantiene que el servicio de referencias crediticias podrá ser prestado por la Superintendencia de Bancos y por empresas autorizadas.
Hasta antes de la ley reformatoria el registro de datos crediticios, conocido como buró de crédito, tenía información individualizada de personas naturales y jurídicas sobre sus operaciones crediticias u otras obligaciones en entidades del sistema financiero público y privado, incluyendo los casos en que las personas y las empresas actúen en su nombre o por cuenta de una entidad bancaria o financiera del exterior, así como de aquellas realizadas con las entidades del sector financiero popular y solidario, del sector comercial, telecomunicaciones y de otras instituciones en las que se registren obligaciones de pago.
Los datos solo podrán ser usados con la finalidad de análisis y no serán comunicados o difundidos ni podrán tener cualquier finalidad secundaria. (I)