El general David Proaño Silva, exdirector del Instituto de Seguridad Social de la Policía (Isspol), fue destituido y cesado de las filas de la Policía Nacional, mediante decreto firmado el pasado 5 de enero por el presidente Lenín Moreno.

Proaño estuvo cuatro años (2016-2019) al frente del Isspol, entidad que es indagada por la Superintendencia de Bancos por haber registrado decenas de operaciones consideradas por el ente de control como inseguras e incluso ilegales.

Entre las inversiones que se encuentran observadas están aquellas bajo la figura de “Pacto de recompra cesión de derechos fiduciarios”, mismas que generaban intereses del 9% y que fueron realizadas entre enero del 2016 y el 31 de agosto de 2018.

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Proaño argumentó en una carta dirigida al ministro de Finanzas, Richard Martínez, de febrero del 2019, que este tipo de inversiones se hacían desde el 2015 y que buscaban apoyar al sector productivo, de construcción y comercial del país.

El ex director del Isspol estaba suspendido desde el 22 de octubre de 2020, por la Dirección Nacional de Administración del Talento Humano de la Policía Nacional, como parte del proceso administrativo que se le sigue por irregularidades en las inversiones.

El decreto de Moreno indica que se impuso la sanción ''disciplinaria contemplada en el artículo 48 de Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público ''Destitución.'', en contra del ''General del Distrito David Iván Proaño Silva... por haber adecuado y encuadrado su accionar y responsabilidad... con la falta disciplinaria Muy Grave establecida en el Artículo 121 numeral 21 del Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público,...''. (I)

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Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público

  • Art. 121.- Faltas muy graves.- Constituyen faltas muy graves los siguientes actos o actuaciones, una vez que sean debidamente comprobadas: 21. Abusar de la jerarquía, grado, función, nivel o prerrogativas del servidor o servidora, con el fin de incumplir obligaciones económicas o legales, causar perjuicio o grave daño a un tercero o incidir por cualquier medio en el proceso de admisión de aspirantes a servidores institucionales.