Los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Iván León y Daniella Camacho declararon -este lunes 12 de octubre- la inexistencia del delito de peculado y se declaró la inocencia del exsecretario de Comunicación, Fernando Alvarado.

Además la inocencia de Pablo Yánez, Galo Pacheco y Carlos Bravo y se dispuso el levantamiento de toda medida de carácter personal.

Sin embargo, para el magistrado Iván Saquicela, quien también integró el tribunal, hubo la existencia de la infracción del delito de peculado.

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Esta causa judicial inició en agosto de 2018 luego que a Alvarado, Fiscalía le formulara cargos por peculado. Se lo trasladó en un operativo policial desde Manta a Quito. Luego de una audiencia se le ordenó la medida cautelar de usar un dispositivo electrónico y prohibición de salida del país.

Sin embargo, dos meses después, el exfuncionario, tras retirarse el dispositivo de vigilancia y enviar un mensaje de texto agradeciendo a funcionarios del entonces ministerio de Justicia, fugó del Ecuador.

Estaría en Venezuela, al igual que su hermano Vinicio, quien fue sentenciado en el caso Sobornos a ocho años de cárcel.

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Indicios de responsabilidad penal señalados en el informe de Contraloría DMA4-004-2018 originaron la investigación. Un análisis de la gestión en la secretaría de Comunicación (Secom), entre junio 2013 y mayo de 2017, determinó que Alvarado, como titular de esa dependencia, inobservó normas legales para la contratación de una persona y de una empresa.

En julio pasado, luego de tres días de audiencia de juzgamiento dentro del caso por presunto peculado, los integrantes del tribunal ingresaron a la etapa de deliberación. Se buscaba analizar las pruebas entregadas por los procesados, del fiscal (s) Wilson Toainga y de la Procuraduría.

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Toainga, en sus alegatos de cierre, aseguró que en los días de audiencia se comprobó la existencia del delito y la participación de los procesados.

Fiscalía apelará fallo

Según los magistrados de mayoría, Fiscalía no llegó a establecer en concreto el peculado de uso. "Los verbos rectores fueron usar, permitir y utilizar pero se debe tener claro el complemento que exige la norma, señalar en beneficio propio o de otras personas. No se subsume al caso ni se puede determinar dentro de la prueba", indicó el departamento de Comunicación de la CNJ como parte de la resolución de ambos jueces.

Para Saquicela, el delito tipifica que un funcionario público está usando para un beneficio propio o de un tercero.

Fiscalía había pedido que a Alvarado se le imponga el máximo de la pena más la agravante de encontrarse prófugo de la justicia. Para Galo Pacheco y Carlos Bravo, la Fiscalía pidió a los magistrados les imponga el máximo de la pena sin la consideración de atenuantes; mientras que para Pablo Yánez, por tener cooperación eficaz la Fiscalía pidió que se imponga la reducción de la pena del 80%, que se dicte para los otros coautores.

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Luego de conocer el fallo, a través de su cuenta de Twitter, Fiscalía anunció que apelará al fallo de los magistrados de mayoría. (I).

#AHORA | #CasoSecom: #FiscalíaEc apelará el fallo (de mayoría) del Tribunal Penal que declaró inexistente el delito de peculado por el que fueron procesados el exsecretario de Comunicación, Fernando A., los exsubsecretarios Pablo Y., Galo P., y el gerente de Gota Azul, Carlos B. pic.twitter.com/jcgetpeAat