Confusión en varios ciudadanos se ha generado en los últimos días a causa de los plazos de que pueden disponer las empresas para suspender los servicios básicos por deuda contraídas durante el inicio de la pandemia.
Publicidad
Desde el 13 de agosto, las empresas que brindan servicios de luz, agua, telecomunicaciones e internet podrían suspender el servicio por falta de pago, sin embargo, el reglamento recién se expidió el 29 de septiembre.


Confusión en varios ciudadanos se ha generado en los últimos días a causa de los plazos de que pueden disponer las empresas para suspender los servicios básicos por deuda contraídas durante el inicio de la pandemia.
Publicidad
¿Tienes alguna sugerencia de tema, comentario o encontraste un error en esta nota?
El ministro Luis Jaramillo aseguró que el país actuará “con responsabilidad y rigor técnico” para proteger los intereses comerciales nacionales.
Publicidad