Confusión en varios ciudadanos se ha generado en los últimos días a causa de los plazos de que pueden disponer las empresas para suspender los servicios básicos por deuda contraídas durante el inicio de la pandemia.
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Desde el 13 de agosto, las empresas que brindan servicios de luz, agua, telecomunicaciones e internet podrían suspender el servicio por falta de pago, sin embargo, el reglamento recién se expidió el 29 de septiembre.


Confusión en varios ciudadanos se ha generado en los últimos días a causa de los plazos de que pueden disponer las empresas para suspender los servicios básicos por deuda contraídas durante el inicio de la pandemia.
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El cambio de fecha de las elecciones se adoptó el pasado 27 de marzo con los votos de los consejeros José Cabrera, Esthela Acero, Enrique Pita y Diana Atamaint.
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