Los jueces Daniella Camacho (ponente), Iván León y David Jacho negaron la tarde de este jueves los recursos de apelación a la prisión preventiva que recibieron el expresidente de la Corte Provincial del Guayas, Gabriel Manzur, y la abogada Silvana V., quienes son procesados por el delito de enriquecimiento ilícito.

Contra ambos está vigente una instrucción fiscal de 90 días ordenada por la jueza de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Dilza Muñóz, luego de la formulación de cargos que solicitó y realizó la fiscal general Diana Salazar.

El Tribunal de Apelación analizó el auto de prisión preventiva en atención a los elementos presentados por las defensas de Manzur y Silvana V., a través de la revisión de cuestiones de hecho y derecho debatidas en el proceso.

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En la audiencia se escucharon los argumentos de los apelantes y la Fiscalía y en base a ellos el Tribunal llegó a la conclusión de que los argumentos han sido reiterativos y no se ha observado ningún reproche válido a lo resuelto por la jueza Muñóz. Se aclaró que la prisión preventiva no constituye un anticipo de pena, como lo ha sostenido la defensa de Manzur, sino que busca la inmediación de los procesados en un posible juicio.

En la diligencia el fiscal general subrogante Wilson Toainga reiteró que dictar una medida no privativa de la libertad es insuficiente para garantizar la inmediación en la presente causa, también argumentó el alto peligro de fuga y la renuencia de los procesados a rendir su versión.

Para el Tribunal los elementos no han sido desvirtuados ni desvanecidos en la audiencia, configurándose los cuatro presupuestos del artículo 534 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y en la decisión apelada se cumplen los estándares internacionales y los requisitos formales para la aplicación de la prisión preventiva. (I)

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Con ese análisis los jueces por unanimidad rechazaron el recurso de apelación planteado por los procesados y ratifica la medida cautelar dictada para Manzur y Silvana V.