Que se le imponga la pena máxima por el delito de plagio a Pablo Romero, exsecretario Nacional de Inteligencia (Senain), es lo que pidió la mañana de este martes el fiscal general subrogante Wilson Toainga y Felipe Rodríguez, defensa del activista político Fernando Balda, quien es la víctima del secuestro que habría ocurrido en Bogotá, Colombia, en 2012.

Toainga en sus alegatos de cierre pidió al Tribunal que imponga la pena máxima para el delito de plagio y que se considere como agravantes los numerales 1, 3, 5, 6 del artículo 30 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Además, dentro de la reparación integral solicitó la Fiscalía que se reconozca el derecho a la reparación integral de la víctima para lo cual se tomará en cuenta lo señalado por la perito que realizó el informe del entorno familiar y la afectación que determinó la misma.

También el fiscal Toainga solicita que se ordene en sentencia el pago de una multa, las disculpas públicas ante el juez de ejecución y la publicación de la sentencia en un medio escrito a nivel nacional.

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Rodríguez, en nombre de Balda, en el cierre de la diligencia también pidió que a Romero se le imponga el máximo de la pena y que en cuanto a la reparación la acusación particular solicitó disculpas públicas, que la sentencia se publique en un medio de comunicación a nivel nacional y se coloque una placa en las instituciones de inteligencia donde se mencione que "el sistema de inteligencia jamás debe estar destinado a perseguirlos ,sino a protegerlos".

Sobre la reparación pecuniaria para la víctima, Rodríguez solicitó $1, pues, aseguró, que no habían seguido el proceso para enriquecerse.

Por su parte, Stalin Oviedo, abogado de Romero, aseguró en su alegato de cierre que el delito del que se le acusa a su cliente está prescrito, pues, señaló el departamento de comunicación de la Corte Nacional de Justicia, el delito que se ha probado tenía que formularse cargos antes de la fecha establecida en este proceso.

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Oviedo habría solicitado se determine que no se ha probado el delito que subsume con la pena, que no hay consumación de plagio, que se aplique a la pena prevista en el tipo penal básico, y que no existe prueba de responsabilidad contra su cliente, por lo tanto se declare la prescripción de la acción y se declare la inocencia de Pablo Romero.

Poco antes a los alegatos de cierre, de forma unánime, los jueces Iván León (ponente), Dilza Muñoz y David Jacho luego de una corta deliberación decidieron que es improcedente el testimonio del expresidente Rafael Correa e inadmitieron el pedido hecho por la defensa de Pablo Romero para que el exmandatario sea su testigo en el caso.

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Luego de casi cuatro horas de audiencia, los integrantes del Tribunal de Juzgamiento suspendieron la audiencia para analizar los argumentos escuchados en estos días de diligencias y así emitir una resolución de sentencia condenando o ratificando el estado de inocencia de Romero, quien es acusado en calidad de autor del plagio. (I)