El presidente Lenín Moreno objetó parcialmente el proyecto de Ley de Apoyo Humanitario, y entre los cambios incluyó un inciso para que una empresa pueda declarar “el caso fortuito o fuerza mayor” en una actividad o servicio, y por ende despedir personal, sin que sea necesario el cierre total.

Ayer se difundió el texto que contiene 32 objeciones, de las que Moreno espera una “respuesta positiva” de la Asamblea Nacional en su tratamiento, escribió en un tuit.

En la norma, cuyo eje medular es la regulación del empleo por efectos de la pandemia del COVID 19, el mandatario incluyó un texto interpretativo al numeral 6 del artículo 169 del Código de Trabajo que precisa: “El caso fortuito o fuerza mayor puede afectar a una actividad o servicio, o a una línea o unidad de negocio específico, pudiendo el empleador cesar, únicamente, las relaciones laborales que sean imposibles de ejecutar”.

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La finalidad es “mejorar la redacción” de lo que la Legislatura aprobó el 15 de mayo; y agregó que lo que se busca es que no se pierdan “miles de empleos” frente al “riesgo de tener que soportar una empresa con problemas (...) o cerrarla en su totalidad”.

En otras objeciones, sobre el contrato especial emergente, la Asamblea dispuso que sea por dos años, pero el veto propone que sea por un año, y podrá ser renovado una sola vez.

La reducción emergente de la jornada de trabajo también se plantea por un año, a diferencia de dos años que aprobaron los legisladores.

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Sobre los acuerdos de preservación de fuentes de trabajo (acuerdo entre trabajadores y empleadores para modificar las condiciones económicas), el Ejecutivo planteó que no se podrán afectar los salarios básicos o sectoriales determinados para jornada completas o reducidas.

A la modalidad del teletrabajo la dividió en tres formas: permanente, parcial y ocasional. La permanente es aquella en que el trabajador utiliza su domicilio o un lugar escogido para su actividad.

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La parcial, aquellos que laboran en forma alternada; y la ocasional, que puede ser en circunstancias convenidas.

Se mantuvo el texto para que el teletrabajo sea de al menos doce horas continuas en un periodo de 24 horas; y, que el empleador deberá proveer los equipos para desarrollarlo.

En el tema aprobado por los legisladores y que causó debate de activar vuelos directos a las islas Galápagos, el mandatario incluyó un texto alternativo para que entidades de la Función Ejecutiva hagan informes técnicos previos para garantizar la sostenibilidad del ecosistema.

El veto deberá ser tratado por el Legislativo en 30 días, y este podrá allanarse o ratificarse en su texto.

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Desde el Frente Unitario de Trabajadores (FUT) se mantiene la inconformidad.

El vicepresidente del gremio, José Villavicencio, reconoció que la “presión” de los trabajadores le hicieron rever la propuesta original.

“El fondo de la ley no cambia. El acuerdo entre las partes mantiene que será de forma bilateral, sin que participe un tribunal o un centro de mediación. Se legaliza la flexibilización laboral”, opinó.

En esa línea, presentarán una demanda de inconstitucionalidad al texto, y mantendrán las protestas, advirtió.

Reducción de pensiones estudiantiles en un 25 %

En su veto a la Ley de Apoyo Humanitario, el Ejecutivo incluyó un artículo para que las instituciones educativas privadas, fiscomisionales, municipales y del sistema de educación superior otorguen rebajas de hasta el 25 % de los valores a pagar, pero el representante del alumno debe justificar que se quedó sin empleo o tuvo una reducción de ingresos.

Se agrega que si existen retrasos de pagos hasta seis meses, el Estado velará porque el alumno se mantenga en el sistema.

Si bien ratifica que no deben existir incrementos en los servicios básicos, telecomunicaciones e internet, la objeción plantea que sea solo hasta seis meses después de publicada la Ley en el Registro Oficial. La Asamblea Nacional lo aprobó por un año. (I)